No es cierto que exista proceso judicial alguno contra presidente saharaui…

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Sólo existe en el perverso deseo de Falsimedia

SÁHARA OCCIDENTAL. No es cierto que exista proceso judicial alguno contra el presidente saharaui en España

Desde que el máximo líder saharaui, Brahim Ghali, aterrizase en España para tratarse de la COVID-19, un aura de misteriosidad e intriga envuelve el caso en el que están entremetidos los servicios secretos argelinos, la contrainteligencia marroquí, fuerzas y cuerpos de seguridad del estado español además de la diplomacia humanitaria desplegada por la canciller González Laya para contrarrestar el enfado marroquí. Desde entonces, cientos de especulaciones han ido circulando estos últimos días con distintas versiones de lo realmente acaecido, y de las hipotéticas consecuencias: desde la salud del presidente saharaui y sus patologías hasta supuestas causas penales abiertas ante la Justicia española.

Pero no sólo eso. Los medios han ido más lejos aún y han ‘fabricado’ varias etapas de un proceso judicial de las que no ha existido ninguna, excepto acaso, la admisión de la demanda.

Los tribunales reciben diariamente miles de querellas y denuncias. Buena parte de dichas querellas no tiene ningún recorrido judicial, por carecer de fundamento. Y por este motivo, los medios de comunicación medianamente serios nunca dan trascendencia mediática a dichas querellas.

Sin embargo, en este caso, por alguna razón, se ha organizado una auténtica orquesta sinfónica. Y buscándole el mejor maestro de ceremonias posible, la han puesto bajo la batuta, nada menos que de la Agencia EFE.

Una querella que no tiene ningún recorrido judicial ha sido encumbrada a las portadas de buena parte de los medios de comunicación españoles. ¿Razón?: manchar la imagen de la legítima lucha del Frente Polisario y, de paso, granjearse la amistad del reino alauita. Amistad que no viene mal en tiempos en los que la crisis económica de la prensa escrita hace estragos en el sector.

Pero no sólo eso. Los medios han ido más lejos aún y han ‘fabricado’ varias etapas de un proceso judicial de las que no ha existido ninguna, excepto acaso, la admisión de la demanda.

En cuanto a la identidad del paciente ingresado por COVID 19 en el hospital San Pedro de Logroño, el Estado español, por boca de la máxima autoridad del Ministerio de Exteriores ha declarado que ha aceptado acoger al Secretario General del Frente Polisario para tratarse de la COVID 19.

Insistimos. El Estado español, a petición de un tercero Estado, ha aceptado acoger al Secretario General del Frente Polisario para un tratamiento contra la COVID 19. Y habiendo el paciente entrado, como no podía ser de otra manera, con su propio pasaporte diplomático, mediando el acuerdo de dos Estados vecinos, la orquesta sinfónica española, nos quiere engañar, diciéndonos que ha entrado con una falsa identidad. O toman a los lectores por tontos o la necesidad de sobres procedentes del sur es extremadamente acuciante. Y a todo esto, los medios españoles parecen no haberse acordado del daño que hacen a la imagen de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

En segundo lugar, la cuestión de la querella. Aquí lo que ha sucedido es muy sencillo de explicar. A alguien se la ha dicho, ‘tú pon la querella, lo demás no es cosa tuya’.

O, en otras palabras, existe una querella que ha sido interpuesta no para tener un determinado recorrido judicial, sino para tener un sonoro recorrido mediático, con independencia de los avatares judiciales del caso.

Y ya que ningún medio español lo ha hecho, nosotros vamos a reproducir lo que dice el artículo 607 bis del Código Penal español:

  • De los delitos de lesa humanidad

Artículo 607 bis

1. Son reos de delitos de lesa humanidad quienes cometan los hechos previstos en el apartado siguiente como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil o contra una parte de ella. En todo caso, se considerará delito de lesa humanidad la comisión de tales hechos:

  • 1. Por razón de pertenencia de la víctima a un grupo o colectivo perseguido por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género, discapacidad u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional.
  • 2. En el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen.

En un territorio donde operan el HCR, el PAM, UNICEF, la MINURSO, la Cruz Roja Internacional, la Agencia Española de Cooperación Internacional, infinidad de ONGs internacionales y donde anualmente aterrizan decenas de vuelos cargados de europeos que vienen a mostrar su solidaridad con la legítima lucha del pueblo saharaui, y de los que ninguno ha informado jamás de delitos de esa naturaleza, alguien nos quiere hacer creer que un juez, nada menos que de la Audiencia Nacional, otorga verosimilitud a una querella por la comisión de delitos como el arriba transcrito. ¡¡¡Libre Dios a los jueces españoles de los medios de comunicación españoles!!!

En un territorio donde no hace mucho aterrizaba el Secretario General de NNUU y donde el gobierno español pone a disposición un avión para el traslado de los Enviados de NNUU, alguien quiere hacernos creer que, en verano de 2019, se cometieron delitos de lesa humanidad que, por cierto, sólo han podido ver los ojos de una persona, el querellante, vinculada a Marruecos, para más señas.

Además de fabricar una querella de semejante magnitud, los medios españoles han ido un poco más allá y han imputado falsamente al juez de la Audiencia Nacional un auto de citación judicial contra Brahim Gali. Un Auto que jamás ha existido. Llegado el día de la supuesta citación, y descubriéndose la falsedad de la noticia, la Agencia EFE se ha tragado su batuta y el resto de la orquesta se ha dedicado a tocar otra sonata de mal gusto, esta vez anunciando una fecha posterior. A pesar de las reiteradas peticiones de disculpas en las redes sociales, la Agencia EFE aún no se ha disculpado por difundir información completamente falsa.

Por otra parte, hace ya bastantes días que la ministra de exteriores de España había declarado, citándolo por su nombre, que el Secretario General del Frente Polisario, Brahim Gali, se encuentra ingresado en el hospital San Pedro de Logroño. ¿Mentía la ministra al decir Brahim Gali? ¿Confundía, la ministra, a Brahim Gali con otra persona distinta?

Más aún, Marruecos ha llamado a consultas al embajador de España en Rabat, Ricardo Díez-Hochleitner, para pedir explicaciones por la entrada en España de esa misma persona, no otra. ¿Podría ser posible que las poderosas antenas de Marruecos en España, también, se hayan confundido con relación a la identidad del paciente ingresado en Logroño?

Por su parte, el embajador saharaui en Argel y el representante del Polisario en España, ambos, han declarado que Brahim Gali, efectivamente, se encuentra ingresado en Logroño.

Pero con todos estos datos, los medios de comunicación españoles nos quieren hacer creer que hay un juez de la Audiencia Nacional que, dudando todavía de la identidad del paciente ingresado en Logroño, ha enviado a la policía para identificar quién es esa persona. ¿De verdad hay un juez de la Audiencia Nacional que, después de tantas declaraciones y llamadas a consultas, todavía no sabe de quién se trata y tiene que enviar una patrulla de la policía para determinar su identidad? ¿Insinúa el juez que la ministra, quizás, haya mentido al decir que se trata de Brahim Gali? ¿De verdad son tan malos los jueces de la Audiencia Nacional, a ojos de la prensa española?

Después de demostrada la falsedad de la citación judicial y la falsedad de la identificación supuestamente efectuada por la policía, para esconder el fiasco y no aburrir al público, los medios españoles nos remiten a una próxima entrega, el uno de junio.

Curiosamente, todas las informaciones publicadas en la prensa española no son mas que traducciones, al español, de informaciones previamente publicadas, en francés, en la prensa del vecino del sur. Eso si, tanto la versión original francesa, como todas las traducciones al español, se remiten a “fuentes jurídicas”. Ninguno cita una fuente judicial o una fuente oficial española.

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