Vía libre a los barcos turísticos desde fase 2

Fuente: CIVIO/El BOE nuestro de cada día/Eva Belmonte    02.06.2020

En esa fase se podrá salir en barco por ocio, dentro de las aguas del territorio de desescalada, ocupando hasta un 75% de las plazas y un máximo de 10 personas. En fase 3 se eliminan todas las restricciones, excepto aquellas que rigen de forma general.

El BOE de hoy recoge una orden ministerial que levanta algunas de las limitaciones en el transporte en barco. Así, permite que transiten buques turísticos en las aguas adyacentes a los territorios que estén en fase 2 (ya sea la isla, la provincia o, en el caso catalán, el área sanitaria). Eso sí, mantiene el veto a los cruceros.

En Baleares y Canarias, esos barcos turísticos solo podrán llenarse hasta un 50% de los pasajeros. Además, la orden permite los ferris entre la península y Canarias para realizar viajes por alguna de las excepciones a la movilidad entre territorios, como motivos laborales, sanitarios, cuidados o de fuerza mayor. Hasta ahora, el tránsito de estos barcos de línea regular solo se permitía en Baleares.

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Eva Belmonte. Descifrando el BOE desde 2012.

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