Prensa censura informe final de observadores en “Juicio contra Cataluña”

Fuente: https://cazadebunkers.wordpress.com/2019/11/18/la-prensa-espanola-censura-el-informe-final-de-los-observadores-internacionales-en-el-juicio-contra-cataluna/   

La prensa española censura el informe final de los observadores internacionales en el “Juicio contra Cataluña”

Informe final de los observadores internacionales demoledor para el Estado español

La plataforma International Trial Watch – Catalán Referendum Case ha presentado este jueves en Madrid su informe final sobre la sentencia del Tribunal Supremo contra los líderes independentistas, que concluye que el juicio vulnerar de forma “masiva” los derechos humanos. En concreto, según la plataforma, se infringió el derecho al principio de legalidad penal, a la libertad, a la libertad de expresión, a la libertad ideológica, a la reunión pacífica, a la participación política, además del derecho a un proceso con todas las garantías. El informe se ha elaborado fruto de la presencia en el juicio de 62 observadores, 34 de los cuales internacionales de 17 países diferentes.

Observadores internacionales, ACN

Según las conclusiones del documento, el juicio al Supremo supuso una “violación de los derechos humanos” recogidos por tratados y convenios ratificados por el Estado y que forman parte de su ordenamiento jurídico interno. “Se trata de una resolución claramente ideológica con pretensión de sustituir la necesaria solución política del conflicto que se vive en Cataluña”, asegura el documento.

Así lo ha apuntado Anaïs Franquesa, representante del Centro iridio para la Defensa de los Derechos Humanos. Franquesa ha afirmado que la sentencia “rompe claramente el principio de legalidad penal” que implica que la Ley “no es previsible para los condenados”. “Llama la atención que en 500 páginas de sentencia no se llegue a describir qué es un levantamiento”, dijo Franquesa, que recuerda que los magistrados atribuyen a 9 encarcelados delitos por este “supuesto alzamiento” los días 20 y 21 de septiembre y 1 de octubre del 2017.

Resultado de imagen de proces juicio"

“Criminalización” del “derecho de protesta”

Según Franquesa, “el fundamento de la condena” es que un delito de desobediencia “pasa a ser sedición para atizar la ciudadanía a participar en las movilizaciones”. La realidad, ha recordado, es que fue una “movilización pacífica” amparada en el “derecho de expresión y de manifestación” que no justifica la sentencia de prisión. “Se está criminalizando el derecho de protesta y violento el derecho de reunión”, afirmó, y por tanto “la sentencia vulnera derecha fundamentales que afectan a toda la ciudadanía”.

Vulneración del “principio de legalidad”

Belén de las Nieves Caballero (Asociación Libre de Abogadas y Abogados) recordó que este juicio “no afecta sólo a los líderes independentistas” sino “el ejercicio de los derechos de reunión pacífica y de expresión”. Según Caballero “se ha atacado uno de los principios básicos de cualquier Estado de derecho que es el principio de legalidad” porque “se ha hecho cuadrar un delito como el de sedición con conductas que simplemente ejercían el derecho de manifestación pacífica”. Esto, dijo, afecta a cualquier otro tipo de movimiento.

“Dudas graves sobre la imparcialidad” de los magistrados

El presidente de Abogados Europeos Demócratas (AED), Robert Sabata, ha denunciado que “se han producido vulneraciones muy claras” sobre el derecho a tener “un proceso justo”, empezando por el hecho de que el juicio “se debería haber generado en Cataluña “porque los hechos no tenían ningún efecto en el resto del Estado. El tribunal, afirmó, hizo “una interpretación expansiva” de su competencia y ha vulnerado además el derecho a “segunda instancia”. “En el fondo los jueces no eran terceros, sino parte interesada” y existen “graves dudas sobre su imparcialidad”, sentenció antes de recordar también la presión mediática y el hecho de que el presidente del Tribunal, Manuel Marchena, evitara que se vieran los vídeos que desmentían los testimonios de las acusaciones, lo que provocó “indefensión material”.

Además, según Zapata, no sólo había como acusación popular “un partido fascista”, sino que hubo un trato discriminatorio de los testigos de las defensas y los de las acusaciones. “Los testigos de las defensas fueron cortados de manera recorriendo por tribunales y se les pedía por su ascendencia ideológica”, mientras que cuando las defensas preguntaban lo mismo Tribunal lo cortaba.

Cristian Servan (Defender a quien Defiende) destacó el alcance del informe elaborado por 29 organizaciones internacionales, mientras que la abogada belga Mireille Jourdan ha denunciado la “criminalización de la protesta” por parte del tribunal.

Conculcación de tratados internacionales

Según las conclusiones del informe, durante el juicio “no quedaron demostrados ni el levantamiento ni la perturbación del orden público” y por tanto “la aplicación del delito de sedición no tiene ninguna razón de ser, deviene imprevisible y rompe el derecho fundamental a la legalidad penal “. El informe recuerda que el Estado ha vulnerado los tratados internacionales que “protegen el derecho de toda persona a protestar, a organizar protestas, a promoverlas y hablar”. “En castigar penalmente la organización y promoción de protestas masivas y pacíficas con capacidad para presionar a las instituciones está criminalizando el derecho de protesta y violando el derecho de reunión y de manifestación pacíficas”.
El informe habla también de la situación de Carmen Forcadell, condenada por “admitir a trámite proposiciones y resoluciones parlamentarias sin fiscalizar su contenido para preservar así a la institución parlamentaria de un gobierno de los jueces el libre ejercicio del cargo público de los diputados y diputadas “.

Resultado de imagen de proces juicio"

Juicio irregular y detenciones arbitrarias

Además de las vulneraciones a los derechos de reunión y de expresión, los observadores internacionales concluyen que se vulneraron varios derechos vinculados a un proceso judicial justo. Son el derecho a tener un juez predeterminado y la doble instancia, a un juez imparcial, a la práctica de la prueba, a un trato igual a las partes, a la libertad por lo que consideran que fueron “detenciones arbitrarias” de los líderes independentistas.

Puede descargarlo aquí:
POSICIONAMIENTO_SENTENCIA_12112019-español

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *