Fuente: Portal Libertario OACA 10 Sep 2021 04:04 AM PDT
Justificación
Francisco Ferrer y Guardia, es sin duda alguna, la más conocida de todas las víctimas que provocó la llamada Semana Trágica de 1909. Jornadas en las que se vio incriminado por lo que era y por lo que representaba, resultando al final víctima propicia de un sistema político y judicial caduco y muy cuestionado que acabó convirtiéndolo involuntariamente en un mártir de sus ideas, y a su vez sobreviviendo su memoria como pedagogo o como símbolo de referencia del librepensamiento.
Ferrer, fue sin duda, un personaje poliédrico, y transcurridos más de 100 años de su desaparición, es bueno aproximarse a algunas de sus facetas, y para ello nada mejor que su testamento, o las últimas horas que pasó sobre la tierra, para poder apreciar con ambos elementos el balance que él mismo hace obligado de su agitada vida íntima o de sus logros económicos, destacando muy en particular su brava y fría actitud personal frente a la muerte. Y en ambos casos con papeles por medio.
Así, tal como recogió el periodista Santiago Tarín en un artículo publicado en La Vanguardia [1] con motivo de una exposición que había organizado el Colegio de Notarios de Cataluña con los testamentos redactados por conocidos personajes históricos, que según él permitian conocer cuáles habían sido sus últimas voluntades. Explicando en su trabajo, por ejemplo, que Enric Prat de la Riba, dejó bien clara su preocupación ante el bienestar de sus hijos, si estos llegaban; mientras que el caso de Francesc Ferrer i Guàrdia empleó sus últimas horas para dejar escrita, según Tarín, una emotiva declaración de inocencia. Explicación última que a nuestro entender, quedó corta ante el contenido del resto del documento.
Y por lo mismo, se preguntaba Tarín, de forma retórica, al respecto de Ferrer: “¿Cómo ponerse en la piel de alguien que sabe que va a ser ejecutado, en la certeza que en poco tiempo las balas segarán su vida?”. Punto seguido recogía en su trabajo unas palabras que encabezaban el testamento de Ferrer y Guardia, con las que Ferrer vaticinaba, algo que nunca se cumplió por parte del estado, declarar su inocencia. Como tampoco se ha cumplido su petición de que no se realizaran actos públicos en su memoria.
“Protesto ante todo, con toda la energía posible, por el inesperado del castigo que se me ha impuesto, declarando que estoy convencidísimo de que antes de muy poco tiempo será públicamente reconocida mi inocencia. Deseo que en ninguna ocasión, ni próxima ni lejana, ni por uno ni por otro motivo, se hagan manifestaciones de carácter religioso o político ante los restos míos, porque considero que el tiempo que se emplea ocupándose de los muertos mejor sería destinarlo a mejorar la condición en que viven los vivos, teniendo gran necesidad de ello casi todos los hombres”. [2]
Aquel testamento de Ferrer, expuesto en la exposición, abarcaba 16 páginas, que siguiendo la costumbre de la época, estaban escritas a mano, constando al final que el testamento se rubricó por Ferrer a las cuatro y media de la madrugada del mismo 13 de octubre de 1909. Horas después, Ferrer se ponía frente al pelotón de fusilamiento en el foso de Santa Amàlia, en el castillo de Montjuic, siendo uno de los cinco ajusticiados por las autoridades, incluido un deficiente mental, en represalia por la Semana Tràgica, en la que en realidad no participó, ni dio orden alguna a nadie.
El caso provocó un gran escándalo internacional, con campañas de todo tipo que pedían la revocación del consejo de guerra, pero el Gobierno de la época hizo oídos sordos a las demandas, llegando a la iniquidad de que las cartas escritas por Ferrer a sus deudos en sus últimas horas, en un acto de mezquindad, no fueron entregadas a sus legitimos destinatarios, sino al capitán general de la 4ª región militar, el general Luis de Santiago, de mano del general jefe de estado mayor de la Capitanía General de Barcelona, asunto que se destapó al reclamarlas por escrito su compañera Soledad Villafranca.[3]
Las últimas horas de Ferrer y Guardia
A última hora de la tarde del día 12 de octubre de 1909, el juez instructor de la causa, el comandante Valerio Rasso Negrini, junto con su secretario el cabo José Gandía, tuvo la ingrata labor de leerle en persona a Ferrer y Guardia, en el despacho del gobernador del castillo de Montjuic, donde lo habían trasladado el día antes, su sentencia de muerte, y punto seguido el preso entró en capilla, desconociéndose si fue encerrado en la capilla del propio castillo o en una celda habilitada para aquellos menesteres.
Los testimonios de aquellas últimas horas hablan de la actitud serena demostrada en todo momento por Ferrer y Guardia, o de la firmeza con que rechazó, de forma cordial pero categórica, la compañía del capellán del castillo, Eloy Hernández, poniendo Ferrer énfasis en su laicidad. Pero sus carceleros, forzados por el capellán no retiraron los símbolos religiosos de la celda.
Ferrer parecía consciente de la resonacia que habían tenido su encarcelamiento y la correspondiente condena, teniendo en cuenta que todo había tenido lugar tres años antes, y por lo mismo confiaba que el gobierno finalmente se inclinaría, impelido por las circunstancias, a la condonación de su condena. Pero a medida de que pasaban las horas, la espezanza del indulto se desvanecía.
Y fue entonces, ante la certeza de lo inevitable, que sobre las ocho de la tarde, y después de pedir unos folios, que de forma diligente le proporcionó el comandante secretario Dionisio Terol Orozco, empezó a escribir cartas a sus íntimos y de paso pidió poner en orden sus asuntos, momento en que el capellán se retiró, no sin antes informar a Ferrer que cada media hora volvería, no fuera el caso que en el intérvalo hubiera cambiado de idea.
Antes de que solicitara esto ultimo a sus guardianes, pues se trataba de llamar a un notario para dictar sus últimas voluntades, el capitán general había dado instrucciones para que se facilitase al condenado poder testar su voluntad, y pidiendo lo mismo Ferrer solicitó la asistencia del notario Jose Sorribas, que aunque no consta, debió rechazar su petición, ya que finalmente acudió a Montjuic para asistirlo el notario Ricard Permanyer Ayats, en aquel momento, decano del Colegio de Notarios de Barcelona, que lo acompañara durante horas, Teniendo en cuenta que Permanyer formaba parte de una familia de marcado carácter conservador, monárquico y católico ferviente, [4] pero que en su caso había sido requerido por el gobernador de la plaza, el general Francisco Parga. Permanyer llegó al castillo sobre las diez y media de la noche, y su estancia se prolongó en la fortaleza más de seis horas y media. [5]
En los intermedios, visitaron a Ferrer el capitán ayudante del gobernador militar, el señor Parga, y varios jefes y oficiales del Regimiento de la Constitución que en aquel momento formaban parte de la guardia el castillo, con los que conversó largo rato, y sin más problemas.
Sobre las 11 de la noche apareció una visita inesperada en la celda de Ferrer, en su caso un jesuita apellidado Domenech, al que acompañaba el presidente de la Cofradia de los Virgen de los Desesperados, situaba en la plaza del Pi, que asistían a los condenados a muerte, como era su caso. Domenech antes se había entrevistado con el capellán del castillo Eloy Hernández, y al enterarse que no había recibido los “pertinentes” servicios espirituales, se ofreció voluntario con la intención de que adjurara de sus creencias.
La entrevista fue brevísima, y ante la nueva negativa de Ferrer, el jesuita le hizo saber que el obispo Juan José Laguarda estaba dispuesto a recibir su confesión, y ante la nueva negativa de Ferrer, el religioso abandonó la celda. Al poco tiempo apareció por la estancia el oficial que mandaría el piquete pocas horas después, con el que departió unos minutos agradeciendole Ferrer el detalle.[6]
En aquella misma hora de la noche se había comunicado en los cuarteles de Barcelona que las fuerzas previstas estuvieran preparadas para subir a Montjuic. La misma orden se repartió entre los jefes y oficiales que pernoctaban en sus domicilos particulares, horas más tarde, y poco a poco, de madrugada, fueron llegando los convocados al acto.
Cuando el notario empezó a redactar el testamento, y pese a que éste cuenta con las cláusulas normales y habituales, empezaba de forma anómala con una declaración de principios, algo nada habitual, entre los cuales Ferrer reafirma su inocencia de los cargos que le habían imputado, o solicitando que nunca se hicieran actos ante sus restos de carácter religioso o político: “Deseo que en ninguna ocasión ni próxima ni lejana, ni por uno ni otro motivo, se hagan manifestaciones de carácter religioso o político ante los restos mios, porque considero que el tiempo que se emplea ocupándose de los muertos sería mejor destinarlo a mejorar la condición en que viven los vivos…”.
De igual forma y fiel a sus creencias, Ferrer rechaza explicitamente que a su muerte se realizara cualquier tipo de rito funerario, y por lo mismo lamentaba que su cuerpo no pudiera ser incinerado. Deseo último de Ferrer que guardaba sintonía con las corrientes higienistas de la época, asumidas entre determinados sectores anarquistas, o por los socialistas y librepensadores, pero condenadas de forma rotunda por la conservadora iglesia española, que dominaba con mano de hierro las costumbres:
“En cuanto a mis restos, deploro que no exista horno crematorio en esta ciudad, como los hay en Milán, París y tantas otras, pues habría pedido que en él fueran incinerados, haciendo votos para que en tiempo no lejano desaparezcan los cementerios todos en bien de la higiene, siendo reemplazados por hornos crematorios o por otro sistema que permita mejor aún la rápida destrucción de los cadáveres”.
En éste punto concreto la voluntad de Ferrer no solo no se cumplió sino que una vez ejecutada la sentencia, Ferrer fue enterrado en el cementerio del sud-oeste, más conocido como el de Montjuic, “siendo enterrado en la fosa común del recinto libre del citado Cementerio, y en atención a manifestación del Capellán del castillo de Montjuic, D. Eloy Hernández de haber muerto impenitente” [7]. Es decir, en tierra “no santa”. Ceremonia que se repetirá en el caso concreto de Fermín Galán, el héroe de Jaca, que fusilado en diciembre de 1930, fue enterrado en el cementerio de Huesca, en un espacio similar, donde en la actualidad continúa inhumado.
Ferrer también hizo una declaración de principios en una disquisición sobre lo que era para él efímero y lo que era perdurable: “solamente los hechos, sean de quien sean, se han de estudiar, ensalzar o vitupear”. [8]
“Deseo también que mis amigos hablen poco o nada de mi, porque se crean ídolos cuando se ensalza a los hombres, lo que es un gran mal para el porvenir humano. Solamente los hechos, sean de quien sean, se han de estudiar, ensalzar o vituperar, alabándolos para que se imiten cuando parecen redundar al bien común, o criticándolos para que no se repitan si se consideran nocivos al bienestar general”.
Estableciendo seguidamente una serie de disposiciones que mostraban sus inquietudes ideológicas o sus afectos personales, pero en primer lugar, siendo respetuoso con sus propios acreedores. “Quiero que mis deudas sean pagadas, acreditada que sea la verdad del hecho y sin trámite alguno judicial”.
Por otra parte, la escuela que había sido clausurada hacía tres años, estaba abatida, mientras que de la obra tangible de Ferrer quedaba la editorial Publicaciones de la Escuela Moderna, por ello intentó asegurar el futuro de la misma. En el aspecto personal, aseguró de igual modo el futuro de su compañera, Soledad Villafranca, mostrando de forma palpable que el destino de su compañera constituía para él una de sus preocupaciones básicas.
De ahí que nombrará como albaceas testamentarios a dos personas, muy próximas ideologicamente, en su caso a William Heaford, residente en Gran Bretaña, y a Cristobal Litrán Canet, publicista y escritor anarquista que había sido miembro de la Junta Promotora de la Escuela Moderna y su secretario personal:
“Nombro albaceas de éste mi Testamento, y contadores y liquidadores, según lo que luego dispondré, a Don Cristobal Litrán, residente en la actualidad en Teruel, Paseador del Ferial, número diez y seis y a Don William Heaford residente en Inglaterra, condado o departamento de Surrey, población de Thorton Heath, calle Mersham Road, número 29 – A. dándoles juntos y a solas pleno poder y facultad para que cumplan y ejecuten todo cuanto por mi hallaren dispuesto y ordenado”
En términos económicos, Ferrer dejaba una importante herencia –dineros, inmuebles, fincas, acciones y editorial, la cual era dificil de evaluar como activo económico- y las disposiciones que adoptó dejan entrever un cierto discurso contradictorio al respecto del derecho a la propiedad individual en su transmisión, lo que no era precisamente una novedad. Ya que años antes, en 1901, en nombre de la escuela laica, Ferrer había aceptado la herencia de Ernestine Meuniè, pero al año siguiente se había permitido un razonado alegato en contra del concepto burgués de la herencia, haciendo renuncia, ante notario, a la legítima que había heredado de su padre, con los siguientes argumentos:
“Que estimando el compareciente, dadas las ideas que convencionalmente profesa y tiene arraigadas en su conciencia, que por ley natural no tiene razón de ser ni puede admitirse en forma alguna la sucesión de bienes, sea cual fuera la persona de quien estos provienen… en su virtud no acepta el expresado legado ligitimario al que renuncia también otro derecho que pudiera corresponderle en los bienes del propio padre”.[9]
Por lo que hacía a sus bienes, las disposiciones testamentarias de Ferrer pueden parecer sorprendentes, pero en el fondo no son más que el fiel reflejo de sus afectos más cercanos. A sus tres hijas vivas (Trinidad, Paz y Sol), nacidas de su matrimonio con Teresa Sanmartí, nada más les dejaba la legítima, pero rogándoles que no la reclamasen con el argumento de que él consideraba que moralmente no les correspondía, ya que su patrimonio era fruto de la herencia recibida de Ernestine Meuniè, con la cual, insistía, había acordado que aquella herencia únicamente serviría para la propagación de sus ideas. A su hijo nacido de su relación con Leopoldine Bonard, llamado Riego, que no estaba reconocido legalmente, no le legaba nada.
“Lego la cantidad de seis mil pesetas a mis tres hijas Trinidad, Paz y Sol, en pago de sus derechos legitimarios que por ministerio de la Ley forzosamente he de reconocerles. Pero suplico a mis dichas hijas que no reclamen ni la expresada suma ni nada más en concepto de suplemento de legítima, pues no han de olvidar todo cuanto les vengo diciendo y escribiendo desde que me posesioné de la herencia de Doña Ernestine Meuniè, de que no han de contar nunca con dicha herencia, pues fué convenio verbalmente hecho con la referida Señora, que sus bienes no deberían servir más que para el asunto a que yo lo destinaba, es decir, para propagar mis ideas según y como yo lo entendiere. Por lo tanto, ruego a mis dichas hijas, que no pongan impedimento alguno al cumplimiento de lo que yo dispongo en este mi Testamento. Y protesto en este acto, una vez más, de las versiones que se han dado atribuyéndoseme abuso de confianza en la adquisición y empleo de los bienes heredados de la Señora Meuniè”.
Por otra parte, una de las preocupaciones principales de Ferrer era asegurar el futuro de Soledad Villafranca Los Arcos, la compañera con la que había convivido en los últimos años, así le legaba un número importante de acciones, el derecho de estancia en la vivienda que ambos habían ocupado en la finca Mas Germinal, el mobiliario y el ajuar de la residencia, e incluido el piano.
“Lego a Doña Soledad Villafranca y Los Arcos residente hoy en Teruel, Paseador del Ferial número diez y seis cuarenta acciones de la Sociedad Anónima, con domicilio en esta ciudad, denominada «Fomento de Obras y Construcciones». Y declaro que estas cuarenta acciones legadas a la Señora Villafranca, son aparte o además de las sesenta de dicha Compañía, que también le lego, formando cien en conjunto, de las quinientas de las referidas acciones que existen y se encontrarán en la caja o departamento que tengo alquilado en la Sociedad «Crédit Lyonnais» de París, Boulevard des Italiens; cuales sesenta acciones forman un rollo con rótulo que dice «Para Soledad«.
“Lego además a la nombrada Doña Soledad Villafranca, todo el mobiliario y ajuar que existe en el piso que con ella ocupábamos de la casa que existe en la finca llamada «Mas Germinal» sita en el término de Mongat, y el piano que se encuentra en los bajos de dicha casa”.
“Finalmente lego a la propia Doña Soledad Villafranca, el derecho de uso y habitación del mencionado piso que, según he dicho ocupábamos en la casa «Mas Germinal», por durante toda su vida”.
A su amigo y compañero en “las ideas” Lorenzo Portet Tubau, en aquel momento residente en Liverpool, le dejaba la parte más importante de la herencia, tanto simbólica como material: la editorial Publicaciones de la Escuela Moderna y parte de los bienes, entre los cuales había la casa de París.
“Lego a Don Lorenzo Portet, habitante actualmente en Liverpool (Inglaterra), Barrington Road, número nueve, los bienes siguientes: Primero: La casa editorial, esto es, todas sus existencias y el conjunto de derechos y obligaciones que la integran, que tengo establecida en esta ciudad, calle de Las Cortes, número quinientos noventa y seis, denominada «Publicaciones de la Escuela Moderna».- Segundo: Las trescientas acciones de la Sociedad, «Fomento de Obras y Construcciones» que tengo pignoradas en la Sucursal del Banco de España de esta ciudad, en garantía de un préstamo de capital máximo noventa mil pesetas del cual se han utilizado unas setenta mil pesetas aproximadamente, de manera que el legatario adquirirá las trescientas acciones si devuelve la cantidad prestada, o bien el remanente de dicha garantía si el Banco debiese realizarla o hacerla efectiva por no devolverse aquella suma.- Tercero: La casa que poseo en París (Francia) Rue des Petites Ecuries, número once, la cual está hipotecada en garantía de dos préstamos, uno de trescientos veinticinco mil francos, cuyos intereses deberá pagar el legatario en la forma estipulada en los respectivos contratos. Cuarto: Trescientas acciones de la repetida sociedad «Fomento de Obras y Construcciones» de las que, conforme he manifestado, existen en la Caja que tengo alquilada en el «Credit Lyonnais» de Paris.- Quinto: Cuatrocientas treinta y dos acciones de la Sociedad «Catalana General de Crédito» domiciliada en esta ciudad, que se encuentran igualmente en la Caja del «Credit Lyonnais» de París.”
Dentro del testamento Ferrer también daba consejos prácticos y directrices a Portet, sobre la línea ideológica que tendría que seguir la editorial, del mismo modo que también delegó en Portet el que se hiciera cargo de todos los gastos inherentes a su sucesión, y consciente del valor material que le transmitía, le encargó también que velara en términos económicos, de su familia y socorrerla si hacia al caso.
“Encargo al legatario Don Lorenzo Portet, que si en alguna ocasión, por desgracias que sufrieren o por cualquier circunstancia eventual, viese en alguna necesidad a mis hijas, a la familia de mi hermano José, o a Doña Soledad Villafranca o al niño llamado Leopoldo Bonnard, conocido por Riego, les socorra y atienda según su prudencia y buen criterio; declarando, en cuanto a mis hijas, que la única que de momento pueda encontrarse en los casos previstos, de merecer algun auxilio, es la Trinidad, pobre desgraciada, que vive en Paris, Rue Belgrand, número sesenta, pues las otras dos tienen ya sus medios de vivir en la conformidad que ellas lo entienden y que no son, ni de mucho, conformes con mi modo de ver”.
Por otra parte, en aquellos ruegos se pueden vislumbrar las filias y las fobias de Ferrer, al apreciarse que se preocupa especificamente por Soledad, su última compañera, por su hermano José y por la família de éste [10], y por su hija Trinidad, ideologicamente más próxima a él, dejando de lado a sus otras dos hijas, (Paz y Sol), con la excusa de que convivían con su madre, o al considerar que ambas ya tenían medios suficientes para vivir. Como heredero universal Ferrer instituye a su hermano José, y como heredera subsidiaria a su cuñada María Fontcuberta i Colomer, en aquel momento ambos desterrados en Teruel.
“De todos mis restantes bienes muebles e inmuebles, créditos, derechos y acciones, que me pertenecen y puedan pertenecerme por cualquier título, causa o razón, nombro e instituyo heredero mio universal a mi hermano Don José Ferrer y Guardia, residente hoy en Teruel, Paseador del Ferial, número diez y seis, a sus libres voluntades, pero con la condición de que si en virtud de la presente institución y por no haber causa alguna que lo imposibilite, entra en posesión y adquiere, como formando parte de la herencia, la finca llamada «Mas Germinal» y el Bosque de Alcornoques sito en término de Alella, entonces deberá entregar a Don Lorenzo Portet, cien acciones de las de la Sociedad «Fomento de Obras y Construcciones» de las que se encuentran en la caja del «Credit Lyonnais» de Paris. Para el caso de que mi dicho hermano Don José no fuese heredero mio, por no poder o por no querer serlo, al mismo substituyo y heredera mia nombro e instituyo, su esposa, mi cuñada María Fontcuberta, en los mismos términos que el heredero instituido”.
Finalmente Ferrer cerraba aquel prolijo testamento cargando la obligación de liquidar todos los impuestos que legalmente correspondieran a aquella herencia a su amigo y compañero Portet:
“Impongo al legatario Don Lorenzo Portet la obligación de pagar con los bienes que le he legado, todos los gastos y derechos que se ocasionen por la sucesión de mis bienes tanto de los que comprenden los legados como los de la herencia”.
Pero consciente de que sus últimas voluntades podrán generar desavencias entre los herederos, en previsión de que se pudiera producir un juicio de testamentería, que tenía como objeto el partir la herencia entre los herederos cuando éstos voluntariamente no alcanzaban un acuerdo, nombró a la gente de su conveniencia para ejercer de partidores y liquidadores, o en su defecto que éstos pudieran nombrar substitutos:
“Prohibo que sobre mis bienes se instruya juicio de Testamentaría e intervenga bajo ningún concepto la autoridad judicial y a este efecto, en uso de la facultad que me concede la ley, nombro contadores, liquidadores y partidores de la herencia a los citados Don Cristobal Litrán y Don William Heaford, o a la persona o personas que ellos indicaren si no pudieren o no quisieren ejercer el cargo”.
Pero una cosa fue la voluntad de Ferrer y Guardia y otra muy distinta el cumplimiento de su voluntad, ya que la sentencia le había condenado también a compensar los daños causados por la revuelta producida durante la Semana Trágica, y por ello se le habían embargado todos sus bienes.
Embargo, que no se levantará hasta finales de diciembre de 1912, al quedar patente que la justicia militar no había podido establecer que “los culpables hubieran actuado siguiendo las inmediatas órdenes de Ferrer”, circunstancia exigida por el Código de Justicia Militar para declarar a una persona responsable de los daños ocasionados, pero decisión aquella, que no revocó en ningún aspecto su sentencia anterior de culpabilidad.
Pero aunque el reparto de la herencia tuvo lugar siguiendo la ley, no se respetaron en su totalidad los deseos de Ferrer, ya que, por ejemplo, las hijas no renunciaron a la legítima. Por otro lado: Portet nada más aceptó, por su valor simbólico, la editorial, renunciando al resto del legado. Finalmente cuando con meses de retardo Portet se hizo cargo de la editorial, el estado de ésta era lamentable, y cuando éste falleció en 1918, la viuda y los hijos vendieron la emblemática Publicaciones de la Escuela Moderna y los correspondientes derechos de edición de las diversas obras en España al editor Manuel Maucci, propietario de otra de las editoriales emblemáticas del anarquismo español.
Sus últimos momentos
Cerca de las dos de la madrugada, suspendieron el notario y Ferrer unos minutos su trabajo, y después de haber fumado éste un cigarrillo, conmino a Permanyer a continuar con el trabajo. Concluído el mismo a las 4,30 de la madrugada, Permanyer solicitó la presencia de dos guardias del cuerpo de vigilancia de la fortaleza, que firmaron como testigos tal como era preceptivo, según consta en la copia del testamento expedida en 1991 por el notario Archivero don Ángel Martínez Sarrión, que obra en la Fundación Francesc Ferrer i Guardia.
Poco después de las cinco de la mañana el notario abandonó el castillo, no sin antes recibir un último encargo de Ferrer, que le rogó encarecidamente que hiciera llegar una copia de su testamento a Soledad Villafranca, quedando Ferrer escribiendo más cartas de despedida a amigos y personas de su entorno más próximo.
A primera hora de la mañana Ferrer fue visitado por su defensor, el capitán Francisco Galcerán Ferrer, que permaneció con él hasta cumplirse la sentencia. Francisco Galcerán, capitán de Ingenieros (Vilanova i la Geltrú, 1874- …) Durante la elaboración del sumario Ferrer careció de abogado y, cuando tuvo a Galcerán como defensa en el consejo de guerra, el tribunal le concedió a éste nueve días para fundamentar la defensa y menos de 24 horas para leer los 600 folios del sumario. Indignado por lo que a todas luces se evidenciaba como una farsa legal para encubrir un asesinato político, hizo una defensa tan honesta y valerosa como inútil del acusado.
Durante aquella visita Ferrer le expresó su reconocimiento a Galcerán por su voluntariosa defensa, reiterandole que se hallaba muy reconocido por las atenciones que había recibido por parte de algunos militares desde que lo habían trasladado a Montjuic.
Antes del amanecer, fueron subiendo por la carretera del castillo una compañía a pie armada, del Regimiento de infantería de Vergara, dos escuadrones de caballería de Montesa, un piquete del regimiento de la Constitución y dos secciones de la Comandancia de artillería y del Regimiento mixto de ingenieros, que serían los encargados de formar el piquete para la ejecución.
No tardó mucho en hacerlo el mayor de la plaza, quien, con su ayudante, se presentó en el castillo para presenciar la ejecución. Los hermanos de la Paz y Caridad, ocupando carruajes, llegaron también a Montjuic a las seis de la mañana, y un poco más tarde lo hicieron los Hermanos de la Cofradía de la Virgen de los Desamparados, que serían los encargados de recoger el cadaver. Los primeros no intervinieron, por haber mantenido Ferrer su oposición a que entraran en la capilla.
Mientras tanto, las fuerzas de servicio en el castillo adoptaron las precauciones necesarias en aquellos casos, impidiendo que los curiosos, que en un reducido número se hallaban en la meseta de la fortaleza, se aproximasen a los fosos de Santa Amelia, que era donde tendría lugar la ejecución.
Se levanta el telón del último acto
Cuando el reloj de la fortaleza marcaba las ocho y curenta y cinco minutos, el reo atravesó solo la plaza de Armas seguido de los llamados por ley para presenciar la ejecución. Ferrer marchaba tranquilo, mirando a un lado y otro, con el brazo izquierdo doblado y apoyando la mano en la espalda, y brazo derecho caído.
Minutos después llegaba la comitiva al foso de Santa Amelia, donde ya aguardaba el sargento mayor Policarpo Martínez Cantullera, con su ayudante y las fuerzas que tendrían que formar el pelotón.
Al pasar Ferrer delante del general le saludo sonriente, muestra de su gran sangre fría. Lo mismo que hizo ante el comandante que mandaba el piquete, manifestando al general, no sabemos si seriamente o si en tono jocoso, por el doble sentido del comentario, que se felicitaba de morir entre caballeros uniformados, pues para él hubiera sido una gran contrariedad hacerlo entre canallas. Repitiendo que deseaba hacer público, su agradecimiento a los jefes y oficialidad del castillo por sus atenciones, dio dos pasos, y serenamente sin la ayuda de nadie, se colocó en el lugar que se le había asignado.
Pidió entonces que no se le fusilara de rodillas, ni de espaldas, las dos posiciones en las que se acostumbraba a ajusticiar a los reos, para evitar la incomodidad de sus verdugos, soldados por lo general, de quintas. Y después de consultarse la petición por teléfono, con el capitán general, se dispuso que el reo se colocara de frente, si bien con los ojos, convenientemente, vendados.
Ferrer ofreció alguna resistencia, molesto ante aquella arbitraria disposición, pero al final resignado accedió a ello, y adelantado el pie derecho y dejando caer los brazos, quedo en posición de semifirme. Ya en aquella posición Ferrer abrazó a su defensor, que se habia adelantado, besandolo dos veces en las respectivas mejillas, al estilo fránces.
Ferrer, de cara al piquete, sereno, reposado, y con voz clara, gritó entonces dirigiendose a los soldados. “¡Soy inocente! ¡Viva la Escuela Moderna! En aquel momento sonó una sorda y cerrada descarga. Eran las nueve y un minuto. Ferrer, que estaba de pie y cara al piquete, cayó muerto fulminado.
Tres balas le habían destrozado el cerebro. Otra bala le había atravesado la garganta. Sin perder un minuto y sin que se celebrara la macabra maniobra del tiro de gracia, el cuerpo del fusilado fue colocado inmediatamente en el ataud, ya dispuesto por los miembros de la Cofradía de la Virgen de los Desamparados. Sic transit gloria mundi.
Antonio Gascón Ricao
Notas:
[1] Santiago Tarín, Cosas que harás después de que yo haya muerto, la Vanguardia, 6-8-2017
[2] A todo lo largo del texto, se irán utilizando fragmentos del Testamento, en cursiva, pero sin citarlo reiteradamente.
[3] AGMS, Expediente Ferrer.
[4] José Aristónico García Sánchez, Auténticos testimonios de la historia, Revista Notario del Siglo XXI, Colegio Notarial de Madrid.
[5] En la parte jurídica, se ha utilizado parte de las informaciones que aparecen, en el excelente trabajo de: Teresa Abelló i Güell, La personalitat a les portes de la mort: El testament de Francesc Ferrer i Guardia (1854-1909), Estudis històrics i documents dels Arxius de Protocols, Tomo XXVIII, Barcelona, 201º, p. 333-364.
[6] Las referencias de aquella noche y madrugada están extraídas del diario El Progreso, diario republicano autonomista, del día 21 de octubre de 19009, editado en Santa Cruz de Tenerife, sin que se cite en la crónica el autor
[7] Citado en “causa contra Francisco Ferrer…, p. 677
[8] AHPB, Recardo Permanyer i Ayats, Manual de 1909, vol. III, f. 2.046 v.
[9] AHPB, Lluís Rufata i Banús, Manual de 1902, vol. II, f. 760r-761r.
[10] M. Mercè Compte-Barceló, d´Alella a Austràlia i dels antípodes a Llançà: Josep Ferrer i Guárdia, un cultivador de clavells catalá. Quaders Agraris, nº 41, dociembre, 2016, p. 43-58.