IU recusa a Marchena y Sala 2ª del Supremo por querella…

Fuente: https://www.cuartopoder.es/espana/justicia/2021/03/02/iu-recusa-a-marchena-y-resto-de-la-sala-segunda-del-supremo-por-su-querella-a-juan-carlos-i/                                                                          

IU recusa a Marchena y resto de la Sala Segunda del Supremo por su querella a Juan Carlos I

  • Argumentan falta de imparcialidad tras el auto emitido por la Sala el pasado 15 de febrero
  • El anuncio del ingreso de más de 4 millones de euros en Hacienda por Juan Carlos I prueba la verosimilitud de la querella, para los propios querellantes

Juan Carlos I

Felipe VI y Juan Carlos I, en una imagen de archivo. / EFE

IU, el PCE y el Foro de Abogadas y Abogados de Izquierdas reclaman al Tribunal Supremo la recusación de los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo: Manuel Marchena (presidente), Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Andrés Palomo y Ana-María Ferrer. Para ello, argumentan falta de imparcialidad para el caso por el cual estas organizaciones se querellan contra Juan Carlos I por siete delitos y contra otras personas, como el que fuera director del CNI, Félix Sanz Roldán, los empresarios Juan Miguel Villar Mir y Juan Villalonga, el comisario de policía jubilado José Manuel Villarejo, el abogado suizo Dante Canónica o Álvaro Orleans Borbón.

El procurador y los abogados de la querella se basan, para esta recusación, en el auto que la Sala emitió el pasado 15 de febrero por el cual rechazaban la querella contra el anterior jefe del Estado Juan Carlos I. En dicho auto, encuentran «evidente animadversión y hostilidad manifestada y demostrada por escrito al calificar y tildar a las partes querellantes, en el mencionado auto, de profesionales de la acción popular, que la degradamos, y de que estamos intentando convertir noticias en delitos «. Critican: “Degrada el relevante papel que (la acción popular) está llamada a desempeñar en el proceso penal”, “limitándose a convertir noticias en causas criminales”.

«También se nos reprocha cometer tal degradación de la acción popular“con una regularidad selectiva que esconde una profesionalización del ejercicio de la acción popular”», explican, para proseguir: «Con argumentos tan superfluos y contrarios al más elemental sentido de lógica, como el de que los delitos denunciados “son meras noticias”, y que lo que se pretende es convertir noticias en causas penales, para además permitirse el exceso verbal de descalificar y vilipendiar a los querellantes con epítetos como “degradadores”, “profesionales” (de la acción popular, entendemos) y “selectivos”. 

«No proceden esos calificativos, quiebra su imparcialidad y hace de este proceso un proceso viciado en el que esta acusación se encuentra ante una fundada sospecha de falta de imparcialidad», consideran los querellantes. También apelan al artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que, establece que «Toda persona  tiene derecho  a que su causa sea oída equitativa y  públicamente y dentro de un plazo razonable por un juez independiente e imparcial».

Además, recogen la noticia del pasado viernes 26 de febrero de 2021 de que Juan Carlos I prosigue con su proceso de regulación fiscal por actividades económicas en la sombra del pasado. «Hemos tenido conocimiento de un comunicado oficial, público y notorio, del letrado del querellado D. Juan Carlos de Borbón, el Sr. D. Javier Sánchez-Junco Mans, Colegiado ICAM nº 17.958, por el que da a conocer que su representado y querellado en esta causa ha abonado a las autoridades tributarias competentes la millonaria cantidad de 4.395.901,96€ en concepto de intento de regularización para evitar obvias responsabilidades penales derivadas de la ocultación a la Hacienda pública española de los pagos realizados por la Fundación Zagatka desde cuentas situadas en el extranjero». Unos hechos que «dan plena verosimilitud a los denunciado en la querella que ha sido tildada como degradante por la Sala, solo cabe calificar tales expresiones por parte de la Sala como un indicio objetivo de su perdida de apariencia de imparcialidad»

Como más ejemplos de la falta de imparcialidad por parte de la Sala, los querellantes añaden motivos. «El Artículo 117.1 de la Constitución establece que «la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial (…)» , por lo que ya de por sí encontramos que ha existido una indudable situación de vinculo jerárquico entre el querellado y los magistrados de la Sala, siendo que la entrega de despachos a los nuevos jueces es presidida por el Rey, como es el caso de los cinco magistrados en este caso en acto presidido por el D. Juan Carlos de Borbón cuando era Rey»

También recogen la promesa que han de hacer los magistrados cuando toman posesión de su cargo y cada vez que ascienden de categoría en la carrera judicial: «Juro (o prometo) guardar y hacer guardar fielmente y en todo tiempo la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, lealtad a la Corona, administrar recta e imparcial justicia y cumplir mis deberes judiciales frente a todos». De este juramento pronunciado por los jueces, deducen los querellantes que hay «interés de las principales instituciones del Estado en preservar la imagen de la institución de la Corona en aras de salvaguardar la estabilidad de la institución monárquica ligada al resto de instituciones del Estado por la clausula de lealtad hacía la Corona».

Con todos estos motivos, IU, el PCE y el Foro de Abogadas y Abogados de Izquierdas recuerdan que «el derecho a ser juzgado por un Juez o Tribunal imparcial, tal y como reconoce el Tribunal Constitucional, es un derecho inherente a la exigencia de un proceso con todas las garantías». «Lo que está en juego es la confianza que los tribunales de una sociedad democrática deben de ofrecer a los que acuden a ellos. Por consiguiente, de cualquier Juez de quien se puede temer legítimamente la falta de imparcialidad debe ser recusado», argumentan.

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