Fuente: http://www.sinpermiso.info/textos/la-sentencia-se-alinea-con-una-concepcion-del-estado-que-desprecia-la-protesta-como-manifestacion Andreu Van den Eynde 16/01/2020
“La sentencia se alinea con una concepción del Estado que desprecia la protesta como manifestación legítima de contestación al poder”. Entrevista a Andreu Van den Eynde, abogado de Oriol Junqueras
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La rebelión catalana se juega también en el terreno judicial. El Estado español encargó a la judicatura su intromisión en un ámbito que solo debía haber sido político. Los tribunales europeos, el Parlamento europeo y en un futuro el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se han pronunciado o se pronunciarán sobre las condenas y limitaciones de derechos que han impuestos los tribunales españoles. El abogado de Oriol Junqueras opina sobre estas cuestiones. SP
Aunque ya han pasado unos meses de la sentencia sobre las persones juzgadas por el procés, no hemos tenido ocasión de que nos des tu valoración.
La sentencia supone un retroceso muy importante en el terreno de los derechos humanos y las garantías procesales. Existen muchos vicios que tendrán que ser analizados en los recursos que, sobre violación de derechos humanos, interpondremos, pero seguramente lo más importante es que define la respuesta penal a la disidencia, a la protesta y a la manifestación y movilización ciudadana y lo hace con una severidad insólita.
La sentencia se alinea con una concepción del Estado que desprecia la protesta como manifestación legítima de contestación al poder. Se criminaliza la movilización ciudadana, la crítica al poder político y el pensamiento crítico. No tenemos que olvidar que los hechos enjuiciados se refieren a una votación ciudadana llevada a cabo por dos millones de personas que fue brutalmente reprimida por la policía.
Resulta irrelevante si los hechos fueron consecuencia de un movimiento político o de otro, puesto que cualquier sistema democrático debe proteger aquellas ideas que contribuyen a la legítima discusión pública, aunque cuestionen las bases mismas del Estado, excepto que constituyan incitaciones al odio.
Hay todo un debate judicial sobre si el juicio fue justo, si se garantizaron todos los derechos de los acusados.
Hemos detectado decenas de vulneraciones de derechos procesales, la mayoría de las cuales serán analizadas por la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El Síndic de Greuges de Catalunya ha realizado incluso un informe en tal sentido. Puede que las más relevantes son las que tienen que ver con la existencia de una investigación secreta conducida por la Guardia Civil y la Fiscalía respecto del movimiento independentista catalán, investigación en la que se cosecharon todas las pruebas que se han utilizado en el proceso judicial sin que las defensas pudieran intervenir en esa investigación ni conocer sus detalles.
Durante el juicio, como todo el mundo recordará, el Tribunal impidió que las declaraciones de los policías sobre el referéndum del 1 de octubre de 2017 fueran contrastadas con las grabaciones de vídeo de ese día, configurando así un relato sesgado de los hechos que contribuyó a proteger la represión policial ejercida ese día.
Además, está el hecho de la condena efectuada sobre diputados que gozaban de inviolabilidad por sus votos y opiniones y en ocasiones protegidos por la inmunidad. El Tribunal Supremo tampoco era el órgano judicial competente para conocer del pleito.
La resolución del Tribunal Europeo reconociendo que Oriol Junqueras tenía inmunidad ¿crees que tendrá repercusión en la aplicación de la sentencia?
La inmunidad será analizada también como causa de nulidad de la sentencia, pero ello sucederá en la jurisdicción extraordinaria, es decir, ante el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El Tribunal Supremo ya ha dado respuesta a ello diciendo que no otorga efecto alguno a la inmunidad europea de Oriol Junqueras.
De hecho, el Tribunal Supremo ha criticado y ninguneado todas las resoluciones internacionales sobre el juicio, desde las denegaciones de las euroórdenes de entrega de los exiliados hasta la decisión del Grupo de Detenciones Arbitrarias de la ONU que ha declarado que los presos políticos fueron encarcelados de forma arbitraria y deberían ser liberados.
¿Que el Parlamento europeo reconociera que es eurodiputado tendría que significar su puesta en libertad?
La inmunidad implica libertad, de otro modo no tendría sentido. La inmunidad de un parlamentario es una fórmula de protección de la institución en la que trabaja para evitar injerencias de otros poderes del Estado. Si un diputado está en prisión no puede ejercer el mandato que le ha sido conferido a través del voto ciudadano.
El problema es que el Parlamento Europeo, por ahora, se ha alineado con la posición del Estado español y habrá que discutir esa posición a través de nuevas acciones judiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para intentar que Junqueras pueda ocupar su escaño.
La Sentencia del 19 de diciembre pasado del TJUE era clarísima: lo que confiere legitimidad al representante político es el voto de los ciudadanos y aquel tiene derecho a poder desempeñar su cargo sin impedimentos.
¿Cuáles son los siguientes pasos que habría que dar desde el punto de vista judicial?
La defensa de la inmunidad parlamentaria de Junqueras seguirá ante la jurisdicción europea, pero fundamentalmente nuestro objetivo es conseguir la anulación de la condena y ello significa recurrir la Sentencia del Tribunal Supremo por vulneración de derechos fundamentales, pasando por el Tribunal Constitucional y después el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Abogado del preso político Oriol Junqueras