Fuente: CIVIO/El BOE nuestro de cada día/Eva Belmonte 10.05.2020
En fase 1 se permiten las salidas en barco por ocio de hasta 10 personas
En fase 0 solo podrán salir, dentro de las aguas del municipio, las embarcaciones sin motor para hacer deporte de forma individual.
Un BOE extraordinario publicado hoy recoge una orden ministerial que, entre otras cosas, establece las normas para las embarcaciones de recreo y deportivas en todo el territorio. Eso sí, serán diferentes en cada fase de la desescalada.
Los territorios que estén en fase 0 no podrán navegar por ocio, solo como actividad deportiva y en embarcaciones sin motor, como veleros, tanto para deportivas profesionales como no profesionales, pero de forma individual. En todo caso, solo se permitirá si la embarcación está en el mismo municipio de residencia y se navega por aguas de dicho municipio o hasta islas no habitadas cercanas.
“De lunes a sábado, pase lo que pase, el BOE no falla. Yo tampoco. Ayúdanos a seguir vigilando y explicando las decisiones que nos afectan a todas y todos”.
Eva Belmonte. Descifrando el BOE desde 2012.