Fuente: https://frenteantiimperialista.org/el-dia-de-la-nakba-continua-el-abuso-contra-el-pueblo-palestino-alejandro-torres-rivera/ Alejandro Torres Rivera 28 mayo 2023
Desde el pasado 9 de mayo los medios noticiosos internacionales comunican los nuevos sucesos de violencia en la Palestina ocupada por Israel, particularmente en la región conocida como la Franja de Gaza, zona controlada por Palestina que abarca 367 Km2. Se habla de numerosos muertos y heridos, tanto de combatientes palestinos de la Yihad Islámica como de civiles, la mayoría familiares de los milicianos palestinos, producto de la represión israelí. Se indica por Israel que los ataques son en respuesta al lanzamiento de cohetes desde zonas controladas por milicias palestinas contra su territorio.
Se estima en más de 35 el número de palestinos muertos en cinco días de constantes bombardeos de la aviación israelí sobre el territorio en Gaza. Se estima, además, en 40 el número de aviones y drones utilizados por Israel en estos bombardeos. De acuerdo con voceros palestinos, los bombardeos constituyen un “crimen atroz”, solicitando la intervención de la comunidad internacional para “detener la agresión” y denunciando la muerte de “niños, mujeres y civiles desarmados.” Tras varios días, con la mediación de Egipto, se ha alcanzado un alto al fuego, a pesar de declaraciones del Primer Ministro israelí, Benjamín Netanyahu, de que “cualquier escalada” de las milicias palestinas tendrá una “respuesta aplastante” por parte de su país.
El drama palestino y su lucha por su derecho a la libre determinación amerita ser explicado, si es que pretendemos encontrar una respuesta a los sucesos actuales, tenemos que buscarla en el pasado.
El profesor Jesús Delgado Burgos, en su ensayo titulado Palestina: una aproximación necesaria, nos dice que el nombre de Palestina deriva del término “Falastín” o “Filastín”, porque fue allí donde se establecieron las poblaciones filisteas en el período comprendido entre los años 1,200 y 1,000 a. de C. Se trata de una región comprendida entre los estados políticos que hoy conforma la República Árabe de Siria y Egipto. Ernesto Gómez Abascal, por su parte, en su libro Palestina, ¿crucificada la justicia?, indica que es el lugar donde se asentaron las tribus que emigraban desde la península arábica hacia las tierras del llamado Creciente Fértil, que incluía las zonas de Iraq, Siria, Líbano y Jordania en búsqueda de pastos para sus ganados. Añade que, según otras versiones, los antepasados de los palestinos había llegado a las tierras de Canaán desde las islas del Mediterráneo. Es posible que desde ambos lugares llegaran pobladores a la región de lo que más adelante sería llamada Palestina.
En todo caso, el criterio más aceptado es que Palestina, en sus orígenes, fue poblada por tribus semitas que se establecieron en la región aproximadamente cincuenta mil años atrás; fue dominada más adelante por los hebreos y los persas entre los años 549- 232 a. de C. El territorio también fue conquistado por Alejandro Magno, pasando a ser una colonia griega. Más adelante en el año 63 a. de C. fue conquistada por el general romano Pompeyo, quedando bajo la tutela de Roma; y fue el emperador romano Adriano, durante el mandato romano, quien decretó la expulsión de los judíos de Jerusalén. Es precisamente ese año 63 a. de C. el que se toma como punto de partida para el establecimiento del carácter árabe de Palestina.
Con la caída del Imperio Romano de Occidente, la región formó parte del Imperio Bizantino; fue foco de luchas y combates durante el período de las Cruzadas. En 1516 Palestina pasó a formar parte del Imperio Otomano. Tras la derrota de Turquía en la Primera Guerra Mundial, Palestina pasó a ser un territorio británico, bajo un régimen de administración, mientras Siria y Líbano pasaron a ser un territorio bajo mandato francés. Para 1947 la Organización de las Naciones Unidas, surgida luego de finalizar la Segunda Guerra Mundial, aprobó una resolución que disponía la partición del territorio palestino para en él crear dos Estados políticos: uno judío (Israel) y otro musulmán (Palestina).
A raíz de la resolución de partición, el Reino Unido de la Gran Bretaña renunció a su mandato en Palestina. Cuando esto ocurre, los residentes de Palestina de religión judía era dueña del 6% del territorio, A pesar de ello, sin embargo, en el Plan de Partición se les asigna el 54% del territorio palestino.
Desde 1882 se había iniciado un movimiento a escala global para establecer el Estado judío en Palestina. Para entonces la población que profesaba la fe judía en Palestina a penas alcanzaba 20 mil personas. Para el año 1917 el 10% de la población en Palestina era judía; es decir, alrededor de 56 mil personas, la mayoría inmigrantes nacidos fuera del territorio palestino. Para entonces el 97.5% de los residentes de Palestina eran musulmanes. Ya para 1925 el número de personas que profesaban la fe judía en Palestina ascendía a 122 mil y para el año 1932 era de 355 mil. Al momento de declarar su independencia, en Israel vivían 758,700 judíos, la mayor parte inmigrantes. Durante los años 1949 a 1956 llegaron a la región otros 826 mil y entre 1956 y 1975 se sumaron otros 735 mil. El flujo de llegada de miles de inmigrantes adicionales no se ha detenido hasta el presente.
Mediante la Resolución 181 (II), aprobada el 29 de noviembre de 1947, la Asamblea General de las Naciones Unidas se expresó en torno al Futuro Gobierno de Palestina. Entonces, la recién creada Organización de las Naciones Unidas (ONU), discutía la partición de Palestina para allí, en su territorio, crear dos Estados políticos: Israel y Palestina. Para viabilizar el proceso de partición, con antelación a esa fecha, la ONU había creado el Comité Especial de las Naciones Unidas sobre Palestina (CENUP) compuesto por ocho países, excluyendo las grandes potencias que resultaron victoriosas en la Segunda Guerra Mundial. Eran momentos en que las Naciones Unidas estaban conformadas por apenas 57 países, a diferencia del presente, que la conforman 193 países. La recomendación del Comité Especial fue ratificada por la Asamblea General por 33 votos a favor, 13 en contra y 10 abstenciones.
La Resolución aprobada, sin embargo, no dispuso propiamente la manera en que se llevaría a cabo la partición. No obstante, si requirió que se investigaran “todas las cuestiones y asuntos pertinentes al problema de Palestina” y requirió, además, la formulación de “propuestas para la solución del problema”. Cónsono con ello, el Comité Especial elaboró el denominado “Plan de Partición con Unión Económica” sobre el territorio y recomendó al Reino Unido de la Gran Bretaña que actuara como “Potencia Mandataria de Palestina”, delegando en el resto de la comunidad internacional, “la aprobación y aplicación respecto del futuro gobierno de Palestina”.
El Plan se dividía en cuatro temas, a saber: (a) Constitución y Gobierno futuro de Palestina, el cual estipulaba la terminación del mandato del Reino Unido de la Gran Bretaña sobre el territorio; la partición de éste mediante la creación de un Estado Árabe, un Estado Judío, el Régimen Internacional de Administración de la ciudad de Jerusalén y la independencia de cada Estado; (b) Fronteras del Estado Árabe, fronteras del Estado Judío y la división territorial de Jerusalén; (c) El Régimen de Administración para la ciudad de Jerusalén; y (d) Un “Apartado Final”, titulado “Capitulaciones”, relacionado con los privilegios e inmunidades previamente concedidos a los extranjeros en el territorio.
Los judíos residentes en Palestina, que entonces eran alrededor de 758,700 personas recibieron el Plan con alguna alegría, ya que reconocía la creación de un Estado nacional judío; no obstante, les creaba ciertas reservas el hecho de que territorialmente el Estado judío se asentaría en un territorio discontinuo entre sí, fracturado territorialmente en tres regiones separadas. Por su parte, los árabes musulmanes palestinos manifestaron su inconformidad dado que la propuesta de partición suponía la violación de los derechos de la población árabe en Palestina, que en ese entonces sumaba el 67% de los residentes en el territorio, mientras que el acuerdo del cual los palestinos propiamente no tenían participación, concedía al Estado judío el 54% del territorio.
El Reino Unido de la Gran Bretaña se negó a continuar su mandato en Palestina. Antes de concluir el período de transición que se había fijado para su salida, el 15 de mayo los británicos decidieron abandonar el territorio. El día anterior, la población judía en Palestina había proclamado la independencia del nuevo Estado de Israel, siendo admitido al año siguiente mediante la Resolución Número 273 (III) como nuevo integrante de la Organización de las Naciones Unidas.
Entre los años 1946 a 1949 cerca de 711,000 palestinos fueron forzados, primero por milicias armadas judías y luego por el ejército Israel, a abandonar sus residencias y huir de sus tierras. Esta experiencia se conoce entre el pueblo palestino como “Nakba”, cuyo significado en español es, “Catástrofe” o “Desastre”. Hoy sus descendientes suman más de 4 millones de palestinos refugiados en países cercanos como Jordania, Líbano, Siria, Cisjordania, Arabia Saudita, Egipto, Kuwait y otros países del Golfo Pérsico. Cerca de 1.1 millones viven hoy apiñados en la Franja de Gaza, porción de terreno que da al mar, localizado en la Península de. Sinaí, conformado por una superficie de 367 kilómetros cuadrados. Se estima que a nivel global viven entre 7.8 millones a 9.4 millones de palestinos.
La agresión particular del Estado de Israel contra la población en Gaza no es nueva. El 27 de diciembre de 2008, por ejemplo, el ejército israelí desató su furia contra la población civil, dejando un saldo de más de un millar de víctimas fatales y cerca de cuatro mil heridos. Gran parte de las víctimas resultaron ser no combatientes, entre los que figuraban muchos niños, lo que provocó la denuncia de organismos internacionales por tratarse de abiertas violaciones del Derecho Internacional Humanitario.
El Derecho Internacional Humanitario (DIH) es un conjunto de normas adoptadas por la comunidad internacional dirigidas a que, en situaciones de un conflicto armado, queden protegidas las personas que no son “partes beligerantes en el conflicto”; o que habiéndolo sido, han dejado de participar en el conflicto armado. El DIH impone a los países beligerantes la obligación de distinguir entre la población civil de las personas que empuñan las armas como combatientes, de manera que la población civil no quede expuesta a las acciones militares en el conflicto. El DIH requiere que se respete la integridad física y la vida de los combatientes que hayan sido heridos o capturados en el conflicto y de las personas detenidas a pesar de mantener una posición ajena al desarrollo del conflicto armado.
El DIH también reglamenta el trato a darse a los prisioneros de guerra, enfermos capturados, heridos en combate; reglamenta la protección de civiles en tiempos de guerra; prohíbe el uso de determinados proyectiles y el uso de armas con gases asfixiantes, tóxicos o bacteriológicos; restringe el uso de armamento convencional que resulte excesivamente nocivo o de efectos indiscriminados, incluyendo armas de fragmentación no localizadas, el uso y destrucción de minas terrestres y antipersonales; el uso de “armas trampa” y armas incendiarias; extiende las normas de la guerra al escenario marítimo en el caso de náufragos; vela por la protección de bienes culturales en tiempos de guerra; reglamenta el desarrollo, producción y almacenamiento de armas químicas; prohíbe el uso de armas con rayos láser para provocar la pérdida de visión o ceguera de los militares participantes en los conflictos bélicos; y protege los derechos de la niñez, incluyendo la prohibición de la participación de niños en conflictos bélicos.
El DIH aplica también en situaciones donde la violencia interna de un país alcanza el grado de un conflicto armado; a los llamados “conflictos desestructurados”, que son aquellos donde el debilitamiento o a desaparición de las estructuras estatales es total o parcial, quedando la población civil expuesta; y a los “conflictos de identidad”, donde se pretende excluir a una parte de la población civil del territorio mediante las llamadas “limpiezas étnicas”. Los movimientos de liberación nacional, entre los cuales se encuentran los que encabezan la lucha del pueblo palestino, se encuentran cobijados por el Protocolo I de la Convención de Ginebra. De hecho, en la Resolución 2105 (XX) de la ONU, aprobada en 1965, se consigna el reconocimiento de la “la legitimidad de la lucha de los pueblos que bajo dominio colonial libran por el ejercicio de su derecho a la libre determinación y la independencia.”
Existe una relación estrecha entre las prohibiciones que establece el DIH y otras convenciones internacionales, como la Convención para la Preservación y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada mediante la Resolución 260 (III) de la ONU de 12 de enero de 1951, precedida por la Resolución 96 (I) de 1 de diciembre de 1946, que declara al genocidio como delito internacional contrario al espíritu y los fines de la Carta de las Naciones Unidas.
Al definir “genocidio” se incluye aquellos actos en virtud de los cuales, con la intención de “destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, se provocan matanzas de miembros de un grupo; se provocan lesiones graves a la integridad física o mental de los miembros del grupo; se provoca el sometimiento del grupo a condiciones de existencia que pueden acarrear su destrucción física, total o permanente; se provocan medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; y finalmente, se provoca el traslado por la fuerza, de niños del grupo a otro grupo.”
De acuerdo a la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, en su Artículo VI, las personas acusadas de genocidio serán juzgadas por un tribunal competente del Estado en cuyo territorio el acto fue cometido, o ante la corte internacional que sea competente respecto a las partes contratantes que hayan reconocido su jurisdicción.
Las acciones del Estado de Israel contra la población palestina se inscriben como violaciones del Derecho Internacional Humanitario, y son también sujetas a procesamiento al amparo de las disposiciones de la Convención antes mencionada que proscribe el genocidio.
Las derrotas militares sufridas por los países árabes en sus guerras libradas contra Israel en 1948, 1967 y 1973, fueron interpretadas por amplios sectores de la comunidad islámica en Palestina como un castigo de Alá por el alejamiento del pueblo musulmán de su fe y preceptos religiosos. A partir de 1973 ocurre un resurgimiento de la fe musulmana. Por ejemplo, en ese año se creó en la Franja de Gaza el Primer Centro Islámico, el cual surgió como una mezquita en torno a la cual se establecieron una clínica, un club deportivo, una escuela para enfermeras, un comité para la caridad, un salón para realizar festejos y un centro de ayuda a la mujer. En 1978 se fundó, también en Gaza, una Universidad Islámica. En los territorios ocupados por Israel comenzaron a proliferar las mezquitas, llegando a establecerse cientos de ellas, y otras iniciativas islámicas comunitarias. Finalmente, el triunfo del fundamentalismo iraní en 1979 y su Revolución Islámica, sirvieron de estímulo a otros movimientos islámicos en diferentes países árabes para afianzar su fe.
Históricamente hablando, desde 1964 se había dado un proceso de unificación de diferentes organizaciones político-militares en Palestina, (Al Fatah, Frente Popular para la Liberación de Palestina, Frente para la Liberación de Palestina, etc.) constituyendo bajo el liderato de Yasser Arafat la Organización para la Liberación de Palestina (OLP). A partir de 1974 la OLP fue reconocida por la ONU como la representante legítima del pueblo palestino. La Primera Guerra del Golfo y el apoyo de la OLP al gobierno de Saddan Hussein deterioraron su imagen ante amplios sectores del pueblo palestino.
A pesar de lo antes indicado, la OLP fue participante a través de la delegación de Jordania en la Conferencia Internacional de Paz de 1991 y más adelante, de la Conferencia de Oslo de 1993 donde se suscribieron algunos acuerdos, entre ellos: el reconocimiento recíproco entre la OLP e Israel, un protocolo de entendimiento para la creación de un autogobierno palestino, en lo que hoy es Cisjordania, junto con un plan de transición de cinco año creándose la Autoridad Nacional Palestina (ANP).
En 1996 se llevaron a cabo elecciones en Cisjordania y Gaza resultando electo Presidente de la Autoridad Nacional Palestina Yasser Arafat. El Movimiento de Resistencia Islámica en Gaza, conocido como HAMAS, fundado en 1987 se fue fortaleciendo, principalmente por su trabajo y participación en la Intifada (levantamiento popular en los territorios ocupados por Israel) y el trabajo con los desplazados y refugiados palestinos en las comunidades y campamentos donde se establecieron, logrando el triunfo electoral en la Franja de Gaza en 2006 al presente, creándose así dos instancias paralelas de gobierno en Palestina.
En los sucesos recientes, Estados Unidos de América también asume el rol de encubridor ante la comunidad internacional de estos abominables históricos hechos al bloquear su condena ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas mediante el ejercicio del veto. Con éste, los representantes del gobierno estadounidense también impidieron la aprobación de una Resolución sancionando la conducta de su aliado Israel, dentro del marco del traslado de su capital a la ciudad de Jerusalén, renegando así de la Resolución que fuera aprobada con su entusiasta endoso, al momento de definirse en el seno de las Naciones Unidas el reconocimiento al Estado de Israel y la resolución sobre la partición de Palestina. Entonces el compromiso fue mantener Jerusalén bajo un estatus administrativo internacional donde ninguna de las partes en el conflicto controlaría dicha ciudad.
La determinación por parte de los Estados Unidos de trasladar su embajada, desde Tel Aviv a Jerusalén, tampoco contó con el apoyo de importantes países aliados de la Unión Europea. Estos vieron en la decisión un gran obstáculo hacia cualquier esfuerzo reconciliador de la región y mucho más, como obstáculo que se interpondría en cualquier iniciativa pacificadora para a región. El traslado de la embajada estadounidense a Jerusalén se produjo bajo la administración de Donald Trump precisamente en momentos en que se recrudecían los enfrentamientos militares entre el Estado de Israel y su vecino la República Árabe Siria y ataques contra instalaciones de la República Islámica de Irán en Siria. Esta política estadounidense es un peligroso desafío a la paz en la región y la propia estabilidad a los esfuerzos de búsqueda de una salida negociada frente al problema palestino-israelí.
Mientras el respaldo de los Estados Unidos, el Reino Unido de la Gran Bretaña y Francia utilicen su poder de veto en el Consejo de Seguridad de la ONU para frustrar cualquier intento de adoptar resoluciones contra las acciones de Israel, el Estado Israelí se sentirá con total impunidad en su faena contra el pueblo palestino. Por esto para el sufrido pueblo palestino, el Nakba ha continuado y continúa presente