Fuente: https://semanariouniversidad.com/pais/fallo-historico-de-tribunal-de-arbitraje-sobre-crucitas-consolida-derecho-a-defender-los-recursos-ambientales/ Fabiola Pomareda García pomaredafabiola@
Fallo histórico de tribunal de arbitraje sobre Crucitas consolida derecho a defender los recursos ambientales
El fallo del tribunal del arbitraje internacional del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) sobre el proyecto Crucitas dado a conocer hoy, “es un fallo histórico porque consolida el derecho del país a decidir cómo se manejan sus recursos ambientales”, dijo a UNIVERSIDAD Juan José Obando, profesor y abogado en el proceso de arbitraje en favor de la Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (Apreflofas).
Apreflofas intervino en el proceso de la disputa de arbitraje internacional entre la empresa canadiense Infinito Gold y el Estado costarricense por el caso del proyecto Crucitas, como una tercera parte no disputante.
Hoy el Ministerio de Comercio Exterior (Comex) y el Ministerio de Ambiente (Minae) informaron que el tribunal del Ciadi, un mecanismo auspiciado por el Banco Mundial para resolver este tipo de disputas, concluyó que el Estado costarricense no deberá pagar ninguna indemnización a Infinito Gold, que reclamaba cerca de $400 millones porque se le canceló la concesión del proyecto minero Crucitas, en Cutris de San Carlos.
En el 2008, el entonces presidente Óscar Arias Sánchez y el ministro de Ambiente, Roberto Dobles, firmaron un decreto que declaró de interés y conveniencia nacional el cuestionado proyecto minero a cielo abierto. Posteriormente, en el 2010 el proyecto fue declarado ilegal por la justicia costarricense y en el 2011, la Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión del tribunal administrativo del 2010. La empresa Infinito demandó al país ante el Ciadi en el 2014.
A continuación un extracto de la entrevista con el abogado Juan Carlos Obando.
–¿Cuál ha sido el papel de Apreflofas en todo este proceso?
“Apreflofas intervino en este proceso como una tercera parte no disputante, técnicamente se conoce como amicus curiae o amigo de la corte que apoya con información que le pueda ayudar a tomar una decisión. Todavía no sabemos el contenido de la decisión, de tal forma que es difícil saber qué tanto impacto tuvo lo que expusimos en ese momento. Pero nuestro alegato principal, el más fuerte -y así lo reconoció el tribunal – es que la inversión de Industrias Infinito había sido hecha en contra de las leyes costarricenses, que hubo indicios de actos indebidos de parte de diversos funcionarios públicos, que incluso se abrieron procesos penales al respecto. Nosotros fuimos los únicos que tocamos ese tema frente al tribunal; ni siquiera el Estado costarricense lo tocó, por una estrategia procesal que mantuvieron. Pero nosotros sí informamos al tribunal de arbitraje sobre esa situación. Se le estuvo constantemente informando sobre el estado de los procesos penales aquí, incluso el máximo que es el del expresidente Óscar Arias Sánchez. Y esas manifestaciones algo de impacto tuvieron porque se mantuvieron como válidas y se tramitaron hasta el final”.
-¿Cuál es el valor de este fallo en lo jurídico en cuanto a la defensa del medio ambiente en en el país?
“El fallo es un fallo histórico porque consolida el derecho del país a decidir cómo se manejan sus recursos ambientales; se consolida el hecho de que no fue arbitraria la anulación de la concesión, sino que fue un proceso legal; se consolida el estado de derecho de Costa Rica; y algo muy importante, se consolida el arbitraje de inversiones como una forma válida para resolver este tipo de disputas”.
-¿Tendría implicaciones esta decisión en el contexto actual en el que se siguen proponiendo proyectos de ley que permiten la exploración y explotación minera?
“En realidad el fallo lo único que establece es que Costa Rica es soberana para definir que tipo de minería quiere establecer y si la minería la queremos volver a hacer a cielo abierto, con los riesgos que eso tiene, pues esa será una decisión de la Asamblea Legislativa y obviamente que tiene que ir de conformidad con las disposiciones constitucionales, con la protección de un ambiente sano y equilibrado, que trasciende la legalidad y la constitucionalidad porque son derechos humanos y de la naturaleza. Más allá del caso Crucitas, hay una consolidación de la protección ambiental que se quiere dar en nuestro país en el tema de minería. Somos soberanos para poder decidir, por ejemplo, la minería a cielo abierto, y ya eso no es cuestionable internacionalmente. Sí lo podemos hacer”.
-A nivel internacional, ¿qué significa este logro frente a otras disputas contra industrias extractivas en América Latina?
“Yo diría que se reafirma el derecho que tienen los países para usar los medios legales internos y decidir conforme a los mismos; y las inversiones se tienen que dar acorde con las leyes de cada país y el derecho internacional. Si se hace una inversión tiene que ser legal, no se pueden saltar los procedimientos, no se pueden saltar las normas constitucionales. Ese es el efecto de este laudo”.
Obando también agregó que “el arbitraje está permitiendo parcialmente la participación de organizaciones ambientalistas y eso es algo positivo”. “Me parece que deberíamos tener más participación todavía, deberíamos tener acceso directamente al laudo, sin que las partes nos den el permiso; eso es algo que debería reformarse, por ejemplo”.
En el 2018 Costa Rica también triunfó en arbitraje internacional en el Ciadi en el caso David Richard Aven et al c. Costa Rica (conocido como “Las Olas”), relacionado con la protección de humedales en Esterillos de Puntarenas.
Ese arbitraje fue interpuesto por un grupo de inversionistas estadounidenses en el año 2014, al amparo del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos.