Fuente: http://www.sinpermiso.info/textos/cuba-la-ley-integral-contra-la-violencia-de-gener Ailynn Torres Santana 15/12/2019
Una ley contra la violencia de género
La violencia de género es un tipo de violencia particular, y sus lógicas y estructuras de reproducción no son las mismas que las de otros tipos de violencia.Las acciones estatales y las políticas públicas que aseguran bajas tasas de criminalidad, no acaban con la violencia de género, si bien pueden contribuir a su disminución. Luchar contra ese tipo de violencia (prevenirla, intervenir una vez sucedida, acompañar a las víctimas y su descendencia y repararlas si es el caso) exige un paraguas normativo y políticas públicas encaminadas directamente a ello.La violencia hacia las mujeres no se resolverá como un efecto colateral de otro tipo de política. Eso ya lo sabemos. Demos el siguiente paso.
Una ley integral y transversal
En Cuba se están manejando dos opciones: 1) ley integral o 2) transversalizar la atención al problema en distintas leyes.Las dos cosas son importantes y, en realidad, no son opciones excluyentes: el mejor modo de transversalizar la lucha contra la violencia de género es consolidando una ley integral.Las leyes integrales se erigen sobre la comprensión de que la violencia de género tiene distintas expresiones y formas. No se trata sólo de la violencia en el ámbito familiar. Dejar el asunto allí, reduce la violencia hacia las mujeres en las circunstancias de la convivencia doméstica.La violencia de género trasluce desigualdades estructurales entre las personas a razón de su género que perviven en toda la sociedad, y no solo en la familia. Entonces, una ley integral reconoce que la violencia de género es un problema mayor, manifiesto en las familias y relaciones de pareja, en espacios laborales, estudiantiles, culturales, políticos, comunitarios, deportivos, etc. Y se manifiesta bajo la forma de violencia psicológica, económica, sexual, física. Una ley integral da cuenta de esa imprescindible visión sistémica de la violencia de género.Por otra parte, hacer e implementar una ley integral permite tejer un cuerpo normativo con potestad para intervenir en las otras leyes del país. Esa es una de las grandes virtudes de ese tipo de norma: asegurar que la lucha contra la violencia de género sea transversal a todos los ámbitos del Estado y de la vida social. Al tener estatuto de ley, la lucha contra la violencia gana jerarquía y capacidad jurídica frente a otras leyes y políticas.También por eso las normas integrales consolidan la coherencia en el manejo del tema; evitan los vacíos y contradicciones que muchas veces existen al interior de las legislaciones nacionales y tienen más posibilidades de lograr buenas complementariedades legales y políticas, modificando y ajustando lo que sea necesario.El número de leyes integrales ha aumentado en la región, aunque las de los distintos países no son idénticas entre sí. Tienen diferencias importantes respecto, por ejemplo, a los tipos de violencias de género que consideran, los ámbitos de aplicación de la ley que señalan, las necesidades institucionales que refieren o los actores sociales que convocan.No todas las leyes integrales esclarecen el presupuesto público que las va a alimentar, el tipo de medidas que van a considerar (de protección a las víctimas, prevención, reparación, etc.) o cómo se van a monitorear y evaluar sus resultados.Pero a pesar de sus diferencias, hay suficiente acumulado en América Latina y el mundo para que Cuba pueda evaluar buenas prácticas y referentes, así como los inconvenientes de malas prácticas y del desafío mayor: que la ley quede en letra muerta porque no tenga cómo ejecutarse.
La forma de la norma
Las leyes integrales más comprehensivas contra la violencia de género:
- Reconocen multiplicidad de formas y espacios de la violencia hacia las mujeres.
- Aseguran sistemas interinstitucionales de prevención, protección de las víctimas y reparación.
- Definen compromisos estatales específicos respecto al tema (servicios de atención psicosocial, asesoramiento, patrocinio jurídico, lugares de refugio y esfuerzos para asegurar la permanencia de las víctimas en el sistema laboral y educativo.
- Impulsan la creación de normas específicas que sean coherentes entre sí y que atraviesen las distintas leyes y ámbitos de políticas (educativas, laborales, de salud, vivienda, penales).
- Armonizan aquellas normas que contravengan o tensionen los contenidos de la ley.
- Consideran medidas especiales para niñas, niños y adolescentes, mujeres adultas mayores y personas con necesidades especiales.
- Aseguran la formación profesional al interior de las instituciones que deben acoger y procesar casos de violencia (jurídico–penales pero también en los centros de trabajo y estudio, espacios culturales, políticos, deportivos, hospitalarios, etc.)
- Afirman la necesidad de publicidad en los datos sobre violencia de género, a fin de realizar mejores análisis sobre sus formas de existencia y reproducción y contribuir a su disminución.
No existe razón por la que –frente a un cambio normativo de tanta magnitud como el que se sobreviene en Cuba– se opte por capítulos y artículos específicos y no por una ley integral.Tratar el asunto de manera puntual dentro de otras leyes (por muy firme que sea el abordaje) puede terminar en:1) innecesaria dispersión normativa,2) desconocimiento de las distintas formas de violencia de género,3) focalización excesiva en medidas específicas,4) pérdida de densidad y transversalidad en el tratamiento estatal al tema y mucha mayor posibilidad de contradicciones en el cómo cada norma trabaja el asunto;5) debilitamiento institucional al no existir una instancia rectora, con presupuesto y capacidad legal para compeler a otras instituciones.Cuba puede ganar mucho al hacer una ley integral contra la violencia de género. Y nada pierde.
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