Fuente: Iniciativa Debate/ Jaime Richart 1
Por tercera vez he visto la película “Senderos de gloria”.
Pues si es cierto que en España hay libertad de expresión, yo digo aquí que la similitud entre la trama que describe el film y la trama –bien digo, la trama- contra siete gobernantes catalanes por el delito de rebelión, luego reformada la sentencia por el de sedición, es palmaria…
El argumento del film de Kubrick es el siguiente: el ataque suicida del Regimiento 701 del ejército francés contra las posiciones alemanas en la colina de las hormigas (Ant Hill), un punto estratégico de vital importancia para el desarrollo de la Primera Guerra Mundial, se convierte en un fracaso estrepitoso. Para escarmentar a las tropas con un castigo ejemplar, el general Mireau, uno de los principales responsables del ataque y de su estrepitoso fracaso, convoca un consejo de guerra: tres soldados elegidos al azar por sus mandos directos son acusados falsamente de cobardía ante el enemigo y son fusilados.
En la película, el general Broulard ha citado antes en el Alto Estado Mayor al general Mireau para tantearle. Le dice, no le ordena, que desea que sean las tropas de su Regimiento las que lleven a cabo la operación contra las colinas de Ant Hill. Inicialmente Mireau declina la sugerencia de Broulard porque sus tropas están demasiado maltrechas por otra acción muy reciente. Pero Broulard le tienta a continuación con la oportunidad de ser nombrado general del 12 Cuerpo si se hace cargo de la operación. Entonces Mireau acepta el desafío. El coronel Dax, subordinado del general, interpretado por Kirk Douglas (recientemente fallecido a la edad de 103 años), se resiste en un primer momento ante su superior, pero al final cumple la orden; a la que sigue el fracaso dicho y el fusilamiento de los tres soldados.
El proceder de los generales Paul Mireau y George Broulard y todo lo sucedido en el relato cinematográfico tiene su equivalencia en España en la cruda realidad. El juicio seguido contra los gobernantes catalanes fue en realidad un consejo de guerra en tiempos de paz. La parodia de votación sobre la autodeterminación de Cataluña (pues sabían de antemano que ni era válida la votación al no haber sido autorizada por el Estado, como preceptúa el artículo 149 de la Constitución, ni que tampoco sería refrendada), dio paso a una pantomima. Pues pantomima fue el juicio del Tribunal Supremo. Al igual que en la farsa del consejo de guerra de la película, ese juicio por rebelión sólo fue un trámite. La suerte estaba echada antes de empezarse.
Y así ocurrió que tal espectáculo, pues fue una puesta en escena de la infamia que hay en todo consejo de guerra, la práctica de las pruebas, todas testimoniales, el rechazo de otras propuestas por las defensas, la condena por rebelión y la sentencia de sedición que habría de reemplazar a ésta, todo fue un preparado a la carta que, gracias a que no hay pena de muerte y España pertenece a la Unión Europea la cosa no fue más lejos. Ambos consejos de guerra, uno en la ficción cinematográfica y el otro desfigurado por el tiempo en que se desarrolló, tres meses, tienen la misma calaña. La trama del film transcurre en 1916. El asunto de fondo de este juicio a siete políticos españoles sucede a finales de 2019. Pero en el espacio de un siglo, el cerebro de los juzgadores civiles españoles sigue asimilado al militar, en el asunto territorial al menos, y no ha evolucionado…
Y las diferencias de forma, en cambio, son tan notables que se convierten en pieza acusatoria también contra el proceder del tribunal español. Si el consejo de guerra del film se solventa de un día para otro, como es costumbre en esos trances, el juicio contra los siete políticos dura tres meses para hacer más creíble la añagaza de culpabilidad con un desfile de pruebas testimoniales que falsean asimismo los hechos violentos; transformando la carga de las fuerzas de seguridad españolas contra la ciudadanía que iba a votar a los centros donde se habían puesto las urnas, en violencia supuestamente cometida por los siete gobernantes o en violencia colectiva de la que el tribunal les hace responsables. Si el motivo de dicho consejo en el film es la cobardía falseada de todo un regimiento que termina con el fusilamiento de tres soldados, el motivo del juicio español es el falseamiento de unas conductas que nada tuvieron que ver con la rebelión propiamente dicha, pues la misma reforma de la sentencia que les condena por sedición, lo prueba. ¿Cómo es posible que en tan poco espacio de tiempo cambie la justicia de parecer!
La incógnita es: en el film los dos generales comercian con el destino de tres seres humanos. En este caso, ¿qué clase de comercio pudo haber entre los componentes del tribunal para condenar a presidio, inicialmente casi vitalicio, a siete inocentes, y para que prevaleciese no la ley, siempre interpretable por la epiqueia, sino el franquismo hecho ley? Y si no hubo comercio, ¿qué clase de entendimiento tiene la Justicia española para acercarse tanto a la manera militar de entender la vida y la democracia, tan próxima a la que tenía el dictador que firmó cinco penas de muerte poco antes de morir, penas que se ejecutaron el 27 de setiembre de 1975? Eso, o el Tribunal Supremo ha prevaricado gravemente en este asunto, es decir, dictó sentencia a sabiendas de que era injusta. En resumen, un monumento de justicia ordinaria transmutada en justicia militar cuando sea menester, de una imaginaria democracia en una nación de pícaros.