Resolución 2728 del Consejo de Seguridad exigiendo un alto al fuego humanitario en Gaza

Fuente: https://www.voltairenet.org/article220663.html                   02/04/24عربي   DEUTSCH     ENGLISH    FRANÇAIS    РУССКИЙ

La representante permanente de Estados Unidos, Linda Thomas-Greenfield, finge ver por primera vez el texto de la resolución.

El Consejo de Seguridad,

Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,

Recordando todas sus resoluciones pertinentes sobre la situación en Oriente Medio, incluida la cuestión palestina,

Reiterando su exigencia de que todas las partes cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional, incluidos el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, y deplorando a este respecto todos los ataques contra civiles y bienes de carácter civil, así como todos los actos de violencia y las hostilidades contra civiles y todos los actos de terrorismo, y recordando que la toma de rehenes está prohibida por el derecho internacional,

Expresando profunda preocupación por la catastrófica situación humanitaria de la Franja de Gaza,

Reconociendo las gestiones diplomáticas que están realizando Egipto, Estados Unidos y Qatar con el fin de lograr un cese de las hostilidades, liberar a los rehenes y aumentar la prestación y la distribución de ayuda humanitaria,

1. Exige un alto al fuego inmediato para el mes de ramadán respetado por todas las partes que conduzca a un alto al fuego sostenible duradero, y exige también la liberación inmediata e incondicional de todos los rehenes y que se garantice el acceso humanitario para atender sus necesidades médicas y otras necesidades humanitarias, y exige además que las partes cumplan sus obligaciones en virtud del derecho internacional en relación con todas las personas que detengan;

2. Pone de relieve la urgente necesidad de ampliar el flujo de asistencia humanitaria a los civiles de toda la Franja de Gaza y reforzar su protección, y reitera su exigencia de que se eliminen todos los obstáculos que dificultan la prestación de asistencia humanitaria a gran escala, con arreglo al derecho internacional humanitario y las resoluciones 2712 (2023) y 2720 (2023);

3. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.

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