México. Radiografia del poder transnacional: el regimen de protección de inversiones y sus consecuencias

ISDS Impactos

En 2023 México fue el país que más demandas de arbitraje de inversión recibió en el marco de tratados de protección de inversiones a nivel mundial. Con 55 casos en total, México se encuentra hoy entre los países más demandados del mundo por inversionistas extranjeros ante tribunales de arbitraje internacional, y es el tercer país más demandado de América Latina y el Caribe. Cada vez más dinero público está en riesgo para tener que pagar a los inversionistas las cantidades multimillonarias resultantes de los arbitrajes. A pesar de ello, México sigue firmando nuevos tratados de protección de inversiones que incluyen el recurso a los tribunales arbitrales internacionales como principal mecanismo de resolución de conflictos entre inversionistas y Estado (también conocido como ISDS, por sus siglas en inglés). En los últimos años, México ratificó el CPTPP; renegoció el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TLCAN 2.0/T-MEC), manteniendo entre México y EEUU el sistema de solución de disputas inversionista-Estado; y cerró la renegociación “en principio” del Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea (TLCUEM) que incluye un nuevo capítulo de protección de inversiones. Además, en 2018 se convirtió en miembro pleno del Convenio del Centro Internacional de Arreglos de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial. En este informe vamos a mirar al régimen de protección de inversiones de México y develar sus principales consecuencias para el país.

(publicado en Septiembre 2024)

Descargar infográfico sobre México            Descargar informe sobre México                                Descargar excel con todas las demandas

¿Qué es el mecanismo de solución de controversias entre Estado e inversionista?

El mecanismo de solución de disputas inversionista-Estado, conocido como ISDS por sus siglas en inglés (Investor-State Dispute Settlement) permite a los inversionistas extranjeros, principalmente grandes empresas transnacionales y fondos de inversión, demandar a Estados ante tribunales de arbitraje internacionales si consideran que las leyes, las regulaciones, las decisiones judiciales u otras medidas tomadas por el Estado violan las protecciones que tienen bajo un tratado. Los casos son normalmente decididos por tres árbitros, frecuentemente abogados/as, que ejercen la profesión desde el sector privado y con un fuerte sesgo proinversionista.
ISDS ha generado numerosas críticas desde el ámbito académico, profesional y de la sociedad civil, entre las que destacan:
• La falta de transparencia en los procedimientos arbitrales.
• La ausencia de imparcialidad y de independencia de los árbitros.
• Los laudos pueden ser ejecutados en cualquier parte del mundo.
• El costo de un arbitraje inversionista-Estado es mayor que un juicio en cortes nacionales.
• Es un sistema unilateral: el inversionista es el único que puede iniciar una demanda.
• Las víctimas de los abusos de las empresas transnacionales no disponen de ningún mecanismo como este para
acceder a la justicia.

El universo de tratados de protección de inversiones de México

México cuenta con 31 Acuerdos para la Promoción Recíproca de Inversiones (APRI), o Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) vigentes, la mayoría de ellos con países europeos (18). Todos (excepto tres) entraron en vigor a partir del año 2000. De los 31 TBI con México, 22 podrían ser terminados, pues pasaron la fase inicial de 10 años que estipula el tratado para su vigencia, con lo cual México tiene la oportunidad de revisar y/o salirse de más del 70% de todos sus TBI. Sin embargo, la postura de los gobiernos mexicanos ha sido de continuar firmando tratados de protección de inversiones. En los últimos años, México firmó varios TBI de los cuales la mayoría ya entró en vigor, excepto el TBI con Haití, firmado en 2015.

Además de los 31 TBI, México tiene 11 Tratados de Libre Comercio en vigor que cuentan con un capítulo de inversiones y permiten el recurso al arbitraje de inversiones como principal mecanismo de solución de controversias inversionista – Estado.

MÉXICO EXPANDE PRIVILEGIOS A LOS INVERSIONISTAS EXTRANJEROS

A pesar de ser uno de los países más demandados del mundo por inversionistas extranjeros, el gobierno de México ha optado por seguir concediendo derechos de protección.


CPTPP-11: México es el primero en ratificar, y el primero en recibir una demanda bajo este tratado

El 8 de marzo de 2018, en Santiago de Chile, 11 países -Australia, Brunei Darussalam, Canadá, Malasia, México, Japón, Nueva Zelanda, Perú, Chile, Singapur y Vietnam- firmaron la versión revisada del Tratado Transpacífico (TPP), sin Estados Unidos, después de que Donald Trump retirara a su país de las negociaciones. El tratado lleva el nombre de Acuerdo Integral y Progresivo para la Asociación Transpacífica (CPTPP, por sus siglas en inglés), también conocido como TPP-11. Tras la salida de Estados Unidos, las negociaciones se aceleraron y concluyeron en apenas 5 meses. El 30 de diciembre de 2018, después de haber sido ratificado por seis países, el CPTPP entró en vigor. El Congreso mexicano fue el primero en ratificar el TPP-11, a sólo un mes y medio de haber sido firmado.
El CPTPP cuenta con un capítulo de protección de inversiones que otorga protecciones especiales para los inversionistas, como es el recurso al arbitraje de inversiones. Nueva Zelanda acordó con Australia no aplicar las cláusulas de disputas inversionista-Estado, y ha pedido a los otros miembros del CPTPP firmar acuerdos similares. México podría haber hecho lo mismo, y sin embargo, eligió mantener la cláusula de solución de controversias inversionista – Estado intacta.

México es el primer país en recibir demandas ISDS bajo el CPTPP. Se trata de los casos de las empresas de electricidad canadienses Caisse de Dépôt et Placement du Québec y CDP Groupe Infrastructures Inc. v. México (ICSID Case No. ARB/23/53)6 y de la empresa minera canadiense Almadex and Almaden (ICSID Case No. ARB/24/23).


El 28 de abril de 2020, en medio de la crisis de la COVID-19, México y la Unión Europea anunciaron el final de la negociación de la modernización de su TLC (TLCUEM), vigente desde el 2000 y firmaron un “acuerdo en principio”. Un punto clave de la modernización es la inclusión de un capítulo de inversiones, que el viejo TLCUEM no tenía. Con este nuevo capítulo las privatizaciones y reformas pro-empresariales en el sector petrolero y gasífero de México quedarán blindadas, y en el caso de querer revertirlas el inversionista puede usar el tratado para demandar a México. Los defensores de la modernización argumentan que el mecanismo de solución de controversias propuesto en el acuerdo, ahora llamado Sistema de Tribunales de Inversiones (ICS, por sus siglas en inglés), es una versión mejorada del antiguo sistema ISDS. Lejos de ser verdad, lo único que mejora el ICS son los procedimientos administrativos, pero no cambia el principal problema del sistema: los inversionistas extranjeros pueden seguir demandando a México por cualquier medida legislativa que afecte sus ganancias, aunque estas sean medidas sanitarias o de lucha contra el cambio climático.

Para terminar, México está negociando otros tratados de libre comercio que podrían contener cláusulas de protección de inversiones. Se trata del TLC con Turquía, Ecuador y una renovación de su tratado con Chile, entre otros.

MÉXICO – TERCER PAÍS MÁS DEMANDADO DE LA REGIÓN

México es el tercer país más demandado de América Latina y el Caribe y el cuarto país más demandado a nivel mundial con 55 demandas inversionista-Estado conocidas hasta el 30 de junio 2024. Casi todas las demandas han sido llevadas al CIADI, solo en tres demandas hubo tribunales ad-hoc y en un caso no se conoce la institución administradora elegida. Desde su entrada al CIADI, a mediados de 2018, se empezaron a usar las reglas arbitrales de esta institución (23 demandas), mientras que en las demandas previas a 2019, se usaron principalmente las reglas de la facilidad adicional del CIADI (19 demandas) o de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil (CNUDMI) (13 demandas).

Los inversionistas que demandan

El 56% de los inversionistas que demandan a México provienen de los Estados Unidos. Si sumamos los inversionistas de América del Norte y de Europa, constatamos que el 93% de las demandas fueron iniciadas por inversionistas de estas dos regiones. Resulta interesante que además son países norteamericanos y europeos que más árbitros tienen en el CIADI. Por otro lado, solo existen siete demandas por parte de empresas mexicanas contra otros países, dos contra España y Estados Unidos y una contra Colombia, Perú y Honduras respectivamente.

El número de demandas por año

México recibió la primera demanda de arbitraje de inversiones en 1997 por parte de la empresa estadounidense Metalclad, a raíz de que esta empresa quería construir un confinamiento de residuos cancerígenos (asbestos) en acuíferos subterráneos en un área que luego fue declarada reserva natural por el gobierno municipal de Guadalcazar, en el estado de San Luis Potosí. Desde entonces, México ha recibido demandas casi todos los años. Desde 2015 no ha pasado un año sin que México haya recibido una demanda por parte de inversionistas extranjeros. Esta avalancha de demandas ha visto su culminación en 2023 con 11 demandas, más que ningún otro país a nivel mundial en este año.

El resultado de las demandas

Hay 55 demandas en contra de México, 14 han beneficiado al inversionista sea por laudo o por acuerdo entre partes, y en 12 demandas el tribunal decidió rechazar la demanda del inversionista. Además, seis demandas fueron discontinuadas, mientras que 23 aún siguen pendientes.

Los costos de las demandas

Hasta ahora México ha sido condenado a pagar casi 341 millones de dólares en 11 casos por concepto de indemnización a los inversionistas. Esta cifra representa 3 veces el presupuesto de la Secretaría de Cultura en 2024, y es aún mayor al presupuesto total que México preve en 2024 para la búsqueda de personas desaparecidas, la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Desapareción Forzada y la Fiscalía Especial en Investigación del Delito de Tortura juntas. Datos muy preocupantes teniendo en cuenta la situación grave de derechos humanos y el número creciente de desaparecidos/as en México.
Considerando solo las 23 demandas pendientes, la cantidad total que reclaman los inversionistas asciende a 13,635 millones de dólares, aunque en realidad el monto es aún mayor, ya que en ocho de las 23 demandas pendientes no se conoce el monto reclamado por el inversionista. Con este dinero se podría financiar durante tres años el trabajo de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, cuyo presupuesto en 2024 es de 4,300 millones de dólares y durante 82 años al programa de Salud Materna Sexual y Reproductiva.

Al reclamo total de los inversionistas hay que sumar otros millones de dólares más por los costos propios del arbitraje de inversionista-Estado, esto incluye los honorarios de los abogados y de los árbitros, los gastos administrativos del centro de arreglo de las disputas (como puede ser el CIADI) y otros gastos del tribunal. En algunos casos el Estado no solo paga sus propios costos de defensa, sino el fallo en contra puede obligarle a también asumir la parte del demandante. Por ejemplo, en el caso Cargill v. México, el Estado tuvo que pagar la mitad de los costos de los abogados del inversionista. Por este caso México tuvo que abonar en total como gastos del arbitraje 3,3 millones de dólares. En el caso Lion México Consolidated v. México, el país tuvo que pagarle 2,25 millones de dólares al inversionista por sus gastos del arbitraje, y en el caso Gemplus v. México el monto llegó a 5,4 millones de dólares. A diferencia de la mayoría de los países, México ha usado, en muchas ocasiones, su propio equipo de abogados para la defensa. En los casos en que se contrató a un bufete de abogados, el Estado optó por Pillsbury Winthrop Shaw Pittman y Thomas & Partners; y más adelante por Tereposky & DeRose y en pocas ocasiones también por Curtis Mallet-Prevost Colt & Mosle.

Sectores de las demandas

México cuenta con una economía ciertamente diversificada. No sorprende entonces que las 55 demandas contra el país afecten a una gran variedad de rubros, aunque el sector más afectado ha sido el de minería e hidrocarburos con once demandas. Le sigue suministro de agua y manejo de residuos con siete demandas, información y comunicación,  manufactura y transporte con cinco demandas respectivamente.

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

La estrategia económica de México de abrir el país a inversionistas extranjeros, concediéndoles cada vez más privilegios a través de tratados de protección de inversiones, le ha costado caro. Año tras año el país recibe más demandas de inversionistas y amenazas que debilitan la función básica del Estado: su potestad legislativa y ejecutiva. La simple amenaza de una demanda podría ser suficiente para echar atrás una importante medida, como ha sido el caso de Talos Energy vs México, que no se llegó a registrar. La empresa solo envió la Notificación de Intención, lo que forzó al gobierno de AMLO a negociar y dar una mayor participación a Talos en un proyecto petrolero de Pemex. Es un un caso importante de llamado “efecto congelador “ (o chilling effect, como se le conoce en inglés) y de cómo se ha usado por primera vez el Anexo 14-D del T-MEC para amenazar efectivamente a México. Afrontar los nuevos retos, como la crisis climática o la crisis sanitaria requieren medidas innovadoras y flexibles que sean capaces de adaptarse a las necesidades del momento. En cambio, los tratados de protección de inversiones pueden poner freno a estas iniciativas, pues podrían suponer nuevas demandas millonarias, si nuevas medidas o regulaciones gubernamentales van en contra de los intereses corporativos. Una política soberana, enfocada en el bienestar de la población, la protección del medio ambiente, del clima y la promoción de empresas de la economía local es irreconciliable con los derechos que los tratados de protección de inversiones les otorgan a los inversionistas. Si México quiere salir del círculo vicioso de recibir demandas ISDS cada vez que quiere adaptar sus políticas y regulaciones, tiene que revisar su régimen de protección de inversiones. La única manera que México puede evitar nuevos arbitrajes de inversión es denunciando los tratados y acuerdos de comercio e inversión ya firmados y renunciando a renovarlos o firmar otros nuevos, ya que posibilitan la interposición de otras demandas. Por este camino ya han optado Bolivia y Ecuador en la región.

Para ello, recomendamos:
 Realizar una auditoría de todos los tratados de protección de inversiones (APRI o TBI o bajo TLC) y sus impactos para la economía y sociedad mexicana.
• Suspender la posibilidad del uso de demandas inversionista–Estado por parte de empresas extranjeras mientras dura la auditoría y tomar los pasos necesarios una vez terminada ésta.
• Salir del CIADI y promover opciones nacionales y regionales (por ejemplo crear un mecanismo bajo la CELAC), para la resolución de disputas entre inversionistas y Estado.
• No firmar nuevos tratados con cláusula de protección de inversiones, sino
›› dar primacia a la protección de los derechos humanos y ambientales, los recursos naturales y ecosistemas.
›› garantizar los sectores básicos para la población: energía, alimentación, servicios públicos, resguardando su soberanía ante las reglas internacionales de inversión.
›› posibilitar la participación de las poblaciones afectadas por proyectos con empresas extranjeras de acuerdo al consentimiento previo, libre e informado, el monitoreo y evaluación de su desarrollo.
›› dotar al Estado el espacio para elaborar políticas e implementar medidas para el fomento de las MYPME y el desarrollo regional, sectores específicos, e imponer a inversionistas ciertos requisitos de desempeño.
›› exigir responsabilidad de las empresas transnacionales inversionistas en términos laborales, sociales, ambientales, en coherencia con las mismas regulaciones que tienen en sus países de origen.
›› apoyar la creación un Tratado Vinculante sobre Empresas y Derechos Humanos al nivel de la ONU.

Este reporte fue preparado y publicado por el Transnational Institute en cooperación con

https://isds-americalatina.org/mexico/

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *