Fuente: CIVIO/El BOE nuestro de cada día 13.02.18
La nueva norma veta el acceso a estos servicios vía apps o mensajes (solo permite la marcación directa), prohíbe el precio por establecimiento de llamada y marca una duración máxima de diez minutos.
El BOE de hoy recoge una orden ministerial que reformar la normativa sobre los números de cinco cifras que empiezan en 118 y que se usan para consultar números de teléfonos de abonados individuales o de empresas o servicios. La nueva norma veta el acceso a estos servicios vía apps o mensajes (solo permite la marcación directa), amplía el tiempo y la información que se debe incluir en el aviso inicial sobre su coste, prohíbe el precio por establecimiento de llamada y marca una duración máxima de diez minutos.
Leemos a diario el BOE para informar sobre esas decisiones escondidas entre sus páginas.
Apoya un periodismo de servicio público.