El Gobierno exime de la evaluación de impacto ambiental (EIA) a modernizaciones de regadíos de más de 100 hectáreas

Fuente: https://www.lamarea.com/2024/02/29/el-gobierno-exime-de-la-evaluacion-de-impacto-ambiental-eia-a-modernizaciones-de-regadios-de-mas-de-100-hectareas/                                        29/02/24

El Ejecutivo aplica lo que denominan “evaluación ambiental alternativa” a las modernizaciones de regadíos financiadas por Europa. Desde el Ministerio de Agricultura reconocen que, si se aplicase lo que dice la ley (evaluación ambiental para todos los proyectos de más de 100 hectáreas), “las obras no se ejecutarían en plazo, con el consiguiente daño a la economía española”. Con este argumento, en 2024 han eximido de la EIA a un regadío de casi 7.000 hectáreas y varios que rondan las 4.000.

El Gobierno destinó 8,7 millones de euros para la modernización de regadíos en Molinar del Flumen (Huesca)/MINISTERIO DE AGRICULTURA.

Por no perder los fondos europeos. Esa es la razón por la que el Gobierno de España está eximiendo de realizar la evaluación de impacto ambiental (EIA) a modernizaciones de regadíos de más de 100 hectáreas (que son las que están obligadas por ley a hacerla).

Desde el Ministerio de Agricultura, en declaraciones a lamarea.com, rechazan que se trate de una exención, sino que se les aplica una “evaluación ambiental alternativa”. En lo que va de año (como se puede comprobar en las referencias de los Consejos de Ministros) ya se ha aplicado esta rebaja en los requisitos ambientales a 18 obras de modernización de regadíos (una de las cuales mide casi 7.000 hectáreas y varias de ellas rondan las 4.000).

Asimismo, aseguran que la fórmula es “plenamente garantista desde el punto de vista ambiental, y persigue la ejecución en plazo (antes de agosto de 2026) de los proyectos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). De otro modo, si aplicásemos la evaluación ambiental prevista en la Ley, no se conseguiría, con el consiguiente daño a la economía española y al medio ambiente al no alcanzarse los objetivos ambientales del Plan”, argumentan.

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Legislación contradictoria

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En junio de 2023, a través del Real Decreto 445/2023el Gobierno de España modificó la Ley de evaluación ambiental. Entre las variaciones, se incluyó la obligatoriedad de someter a una evaluación ambiental ordinaria (antes era simplificada) a los “proyectos de gestión de recursos hídricos para la agricultura, incluida la transformación en regadío y la mejora o consolidación del regadío, que afecten a más de 100 hectáreas”. Desde entonces, las obras de 10 a 100 hectáreas tendrán que pasar la simplificada (anteriormente, no tenían ninguna exigencia).

La medida supuso un endurecimiento de los requisitos ambientales, que fue criticado por la Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España (Fenacore), por considerar “desproporcionado” exigir una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para las obras de modernización de un regadío y que, en cambio, “no se pida lo mismo para las obras de demolición de presas con una capacidad menor a los 10 hectómetros cúbicos”. También calificaron de “grotesca, la equiparación de los proyectos de transformación de regadío con los de consolidación, mejora y modernización de regadíos”.

El presidente de la Federación, Juan Valero de Palma, manifestó entonces que “el sector del regadío tiene entre sus prioridades el cuidado y respeto del medio ambiente. Pero estamos sufriendo un trato injusto en la Ley de Evaluación Ambiental. Es urgente modificar los anexos para que las obras de modernización no deban someterse a ese tipo de evaluaciones, salvo cuando se realicen en zonas especialmente sensibles, lo que cobra especial importancia después de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, haya marcado la modernización de obras hidráulicas como un reto para su próxima legislatura. Pues gracias a estas obras podemos producir más alimentos usando menos agua y energía y, en definitiva, beneficia al conjunto de la sociedad”.

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Un mes después, como recuerdan fuentes de Agricultura a preguntas de este medio, se aprobó, en el Consejo de Ministros del 11 de julio de 2023, un protocolo “mediante el cual se aplica a determinados proyectos de modernización de regadíos comprendidos en el PRTR una tramitación ambiental alternativa”.

¿Por qué estos proyectos no pasan el examen ordinario?

Para eximir de la EIA a estos proyectos, el Gobierno se ampara, en primera instancia, en el artículo 8.3 de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental. Este estipula que, “en supuestos excepcionales y mediante acuerdo motivado”, se podrá “excluir un proyecto determinado del procedimiento de evaluación de impacto ambiental”.

La excepcionalidad de estas obras se le otorga gracias al artículo 66 del Real Decreto-ley 36/2020, que determina lo siguiente: «Se entenderá que concurren circunstancias excepcionales en el caso de los proyectos financiados total o parcialmente mediante el Instrumento Europeo de Recuperación, cuando se trate de meras modernizaciones o mejoras de instalaciones ya existentes, que no supongan construcción de nueva planta, aumento de la superficie afectada o adición de nuevas construcciones ni afección sobre recursos hídricos y entre cuyos requisitos se incorporen para su financiación y aprobación la mejora de las condiciones ambientales, tales como la eficiencia energética o del empleo de recursos naturales, la reducción de su impacto ambiental o la mejora de la sostenibilidad de la instalación ya existente”.

Y, finalmente, recurren a ese examen alternativo que se pactó en julio de 2023 como sucedáneo de la EIA, con el que “se garantiza de una manera muy robusta el más elevado nivel de protección ambiental en la ejecución de los proyectos, así como el cumplimiento de los principios de precaución y acciones cautelares, desarrollo sostenible e integración de los aspectos ambientales”, aseveran en el Ejecutivo.

¿Cómo es esta evaluación ambiental alternativa?

En concreto, explicaron en el Ministerio, esa variante del examen ambiental consiste en exigir a los ejecutores del proyecto que aporten un informe de cada uno de los requisitos establecido en el Real Decreto-ley 36/2020, y otro sobre los efectos perjudiciales de la aplicación de la evaluación de impacto ambiental para la finalidad del proyecto, con base en la normativa europea (Directiva 2014/52/UE).

También se les pide un documento en el que conste la evaluación positiva en el cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo” (Do No Significant Harm), recogido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo. Y una certificación, en su caso, de que las actuaciones no conllevan repercusiones sobre los hábitats y especies objetivo de conservación en los espacios incluidos en la Red Natura 2000.

Por añadidura, han de entregar un informe favorable del organismo de cuenca correspondiente, respecto a la compatibilidad con su planificación hidrológica vigente y a la no afección a los recursos hídricos.

Para finalizar, si en el proyecto se va a ejecutar alguna balsa, será necesario el informe favorable de la Administración competente sobre seguridad de presas, embalses y balsas.

Un regadío de casi 7.000 hectáreas

Entre los proyectos que se han beneficiado de la evaluación alternativa en 2024, destaca, por su magnitud, el de “aprovechamiento de agua y ahorro de energía para las comunidades de regantes del sector X y XI del Canal del Flumen, mediante modernización y captación de agua a mayor cota para evitar bombeos (Huesca)”.

Según lo publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), consiste en modificar la actual toma de agua. La nueva “abastecerá una Balsa de Recepción, que a su vez alimentará una Balsa de Regulación”. De la primera partirá una tubería que alimentará a la segunda y conducirá caudales a una zona regable de 2.775,61 hectáreas. De la de Regulación partirá la tubería general 2 que conducirá caudales a otra zona regable de 3.955,46 hectáreas. Casi 7.000 hectáreas en total.

El segundo, por superficie (4.603 hectáreas), es el proyecto de modernización del regadío en la Comunidad de Regantes de la Ribera Alta del Porma, fase I (León). En este caso, se incorporará una estación de bombeo y se construirá una balsa con capacidad para 294.046,16 m3.

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