Los constitucionalistas y las organizaciones jurídicas de El Salvador señalan no menos de seis artículos de la Constitución salvadoreña que prohíben expresamente mandatos presidenciales consecutivos , incluidos los artículos 75, 88, 131, 152, 154 y 248. El principio de alternancia en el poder es tan fundamental Para la democracia salvadoreña, el artículo 75 exige el despojo de los derechos de ciudadanía de quienes “[promuevan] la reelección o continuación del Presidente de la República”, mientras que el artículo 88 establece: “La alternancia en el ejercicio de la Presidencia de la República es indispensable para la preservación de la forma de gobierno y del sistema político que se ha establecido. La violación de esta regla exige la insurrección”.
Sin embargo, en septiembre de 2021, los magistrados de la Corte Suprema –impuesta ilegalmente por la supermayoría de Bukele en la Asamblea Legislativa– emitieron una opinión ampliamente controvertida destinada a dar un barniz de legitimidad a su potencial reelección. En su fallo, los magistrados ofrecieron que Bukele podría ser reelegido siempre que renunciara seis meses antes del inicio del próximo mandato, centrándose en la siguiente frase del artículo 152, párrafo 1: “Las siguientes personas no podrán Serán candidatos a Presidente de la República: 1.- Quienes hayan ejercido el cargo de Presidente de la República… dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial…” y desconociendo los demás artículos que prohíben explícitamente períodos presidenciales consecutivos. Esta interpretación marcó un dramático cambio de décadas de precedentes, bajo las cuales ningún presidente salvadoreño había buscado un mandato consecutivo.
Múltiples organizaciones jurídicas y de la sociedad civil salvadoreñas presentaron peticiones ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), autoridad electoral de El Salvador, para descalificar la candidatura de Bukele a la luz de violaciones constitucionales. Sin embargo, cuatro de los cinco magistrados votaron a favor de aprobar su candidatura el 6 de noviembre, lo que plantea dudas sobre si el actual TSE puede ejercer una autoridad independiente sobre el próximo proceso electoral.
El magistrado del TSE y exdecano de la Facultad de Derecho de la Universidad de El Salvador, Julio Olivo, quien se abstuvo en la votación, describió a la prensa salvadoreña el ambiente de miedo e intimidación que él y sus compañeros magistrados enfrentan, incluyendo que regularmente recibe amenazas de muerte que, según dijo, el Fiscal General no ha investigado. Refiriéndose a una reforma al código electoral que el partido de Bukele aprobó en enero de 2023 que tipificaba como delito “impedir el registro legalmente permitido de un candidato” con hasta quince años de prisión, Olivo preguntó, retóricamente, “¿vendrían a llevar ¿Realizar una detención a partir de un voto que emite [un magistrado del TSE]? ¿Cómo votarías si supieras que eso podría llevarte a quince años de prisión?
Las leyes aprobadas anteriormente también debilitaron la independencia judicial .
A pesar de la popularidad ampliamente promocionada de Bukele, las protestas de defensores ambientales, familiares de víctimas de arrestos arbitrarios y persecución política, trabajadores del sector público que han sido despedidos ilegalmente, sindicatos despojados ilegalmente de sus credenciales y comunidades rurales en riesgo de ser desplazadas de sus tierras. Se han mantenido constantes desde el 15 de septiembre de 2021, cuando estallaron protestas masivas en la capital para oponerse a la instalación de una dictadura.
El subsecretario de Estado para el Hemisferio Occidental, Brian A. Nichols, viajó a El Salvador en octubre para reunirse con el presidente Bukele en los días previos a que registrara formalmente su candidatura. Durante una conferencia de prensa , el secretario Nichols eludió en gran medida la cuestión de la constitucionalidad de la reelección de Bukele, enmarcándola como una cuestión de debate que se decidirá en las urnas, un marcado cambio de tono con respecto a la anterior “condena” del Departamento de Estado del fallo de la Corte Suprema. por “contradecir claramente la Constitución salvadoreña que establece que no se permite la reelección inmediata”.
Contacto con los medios, incluso para programar entrevistas con organizaciones de la sociedad civil y movimientos sociales en El Salvador: Alexis Stoumbelis, CISPES, info@cispes.org , (202) 521-2510. |