¿Casos aislados! Policía nacional que abusó sexualmente de una niña: sin prisión y con la placa

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¿Casos aislados! El policía nacional que abusó sexualmente de una niña: sin prisión y con la placa

Por Cecilia Remis                                                                                                          10/07/26

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reavivado el debate sobre los límites de la justicia y la protección a la infancia. La condena a un agente de la Policía Nacional en activo a un año y medio de prisión por abusar sexualmente de una menor de 14 años, en el seno de un grupo scout de Cádiz, ha generado un amplio malestar social al conocerse que el condenado no ingresará en prisión y mantendrá su condición de funcionario

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Los hechos probados, recogidos por diversas fuentes, tuvieron lugar la noche de Halloween de 2020. El agente, de 43 años y amigo de los padres de la víctima, ejercía como monitor voluntario en el grupo scout. Durante una actividad, aprovechando que la menor y otros jóvenes se encontraban en el exterior, se sentó a su lado y, mientras le pasaba el brazo por encima, le realizó tocamientos de índole sexual al tiempo que le susurraba al oído: «tú también puedes tocar si quieres». La joven, según la sentencia, «se paralizó, sin poder reaccionar».

Más tarde, durante un trayecto en coche para comprar comida, el monitor le pidió un beso, lo que provocó que la menor abandonara el vehículo de forma precipitada. En los días posteriores, el acusado utilizó WhatsApp para exigirle que guardara silencio y borrara los mensajes después de que ella le recriminara su conducta.

En primera instancia, la Audiencia Provincial de Cádiz condenó al policía a un año de prisión y a una indemnización de 4.000 euros, cantidad que el acusado ya había consignado. Sin embargo, tras los recursos presentados tanto por la defensa como por la acusación particular y la Fiscalía, el TSJA ha estimado parcialmente las pretensiones de estas últimas, elevando la condena a un año y medio de prisión, la pena mínima establecida para este delito.

El Alto Tribunal andaluz ha retirado la atenuante de reparación del daño por el pago de la indemnización y, en su lugar, ha aplicado la agravante específica del artículo 192.2 del Código Penal. El tribunal argumenta que el acusado, en su condición de monitor, «ostentaba una posición de superioridad y una obligación de velar por la seguridad y el bienestar de los menores a su cargo».

A pesar del incremento de la pena, el agente no ingresará en prisión al ser una condena inferior a los dos años. La indignación social se ha centrado en que, además, el condenado mantendrá su placa y su condición de funcionario en activo, un hecho que ha sido tildado de «escandaloso» por parte de colectivos de protección a la infancia y en redes sociales.

La víctima, que actualmente tiene 20 años, sufre graves secuelas psicológicas según consta en los informes periciales. La sentencia detalla que padece ansiedad, pesadillas recurrentes, un notable descenso en su rendimiento escolar y un rechazo generalizado a las muestras de afecto de figuras masculinas adultas, incluyendo a su propio padre. A consecuencia del trauma, se vio obligada a abandonar el grupo scout y ha requerido tratamiento clínico especializado .

El TSJA también desestimó el recurso del condenado, que solicitaba su absolución alegando un error en la valoración de las pruebas, confirmando así la credibilidad y firmeza del testimonio de la menor.

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⇒ Archivo de noticias de casos aislados sobre los abusos policiales en España

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